Modificaciones al calendario electoral | El Nuevo Siglo
Viernes, 11 de Octubre de 2013

Mediante la Resolución 10367 del 10 de octubre de 2013, la Registraduría Nacional del Estado Civil modificó la fecha para la acreditación de testigos electorales para las elecciones al Congreso de la República y el Parlamento Andino hasta el 1 de marzo de 2014. De la misma forma publicó el calendario electoral para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República.

Estas modificaciones se realizan teniendo en cuenta que el Consejo Nacional Electoral expidió la Resolución 1781 pasado 9 de julio, donde se reglamentan nuevas disposiciones sobre la actividad de los testigos electorales.

Las fechas para presentar las listas de los testigos electorales fueron fijadas de acuerdo con las Resoluciones 2969 y 3088 de 2011, por eso se hizo necesario modificar dichos términos. Las modificaciones las fechas quedan así: el 26 de febrero de 2014 vence el plazo para postular los testigos electorales por los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, así como comités de promotores de voto en blanco.

El 1 de marzo 2014 vence el plazo para que la organización electoral acredite los testigos mediante Resolución y expida las credenciales. El 2 de marzo de 2014 vence el plazo para el envío de la Resolución que acreditó testigos electorales a la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional.

En relación al calendario electoral para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República, se estableció que el 25 de noviembre de 2013 vence el plazo para que el Presidente o Vicepresidente, declare públicamente y por escrito a la Registraduria Nacional, su interés de presentarse como candidato, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 9 de la Ley 996 de 2005.

El martes 10 de diciembre vence término para la presentación de firmas por los movimientos sociales o grupos significativo de ciudadanos, las cuales serán certificadas hasta el 14 de enero.