El Gobierno Nacional adelanta la reglamentación de la Ley Estatutaria de discapacidad 1618 de 2013, aplicando el Decreto 1345 de 2010.
Por ello, el Ministerio de Salud está recibiendo aportes de los ciudadanos a través de la página web sobre las propuestas que deberían ser tenidas en cuenta en cada uno de los 25 artículos que conforman la Ley.
La misma Ley 1618 establece en su artículo 29 que “los decretos reglamentarios de la presente ley deberán ser elaborados en un plazo máximo de dos años a partir de un proceso participativo, el cual será acordado con el Consejo Nacional de Discapacidad, con organizaciones y líderes del sector de discapacidad”. Es decir que al Gobierno le resta un año más para alcanzar su reglamentación, a través de los decretos que la desarrollen.
Sin embargo, el acceso a salud oportuna y de calidad para esta población es solo uno de los requisitos de la norma. Por su parte, el Ministerio de Educación deberá definir la política y reglamentar el esquema de atención el cual garantice el acceso a la educación de los niños y las niñas bajo un enfoque de inclusión. Otros asuntos le competen a los ministerios del Trabajo, Justicia, Vivienda y Transporte, entre otras autoridades nacionales.
Esta ley, sancionada a finales de febrero de 2013 pretende, entre otras cosas, mejorar la calidad de vida, asegurar el ejercicio efectivo de los derechos e incluir integralmente en los diversos ámbitos de la sociedad a las más de 2,9 millones de personas con discapacidad que hay en el país.