Lunes, 6 de Junio de 2016
A la expectativa de si tiene o no en cuenta las consideraciones que hizo el Ministerio de Hacienda, la plenaria de la Cámara tiene previsto analizar mañana en segundo debate el proyecto de ley que amplía en cinco años la edad de retiro forzoso (de 65 a 70 años) de los servidores públicos del nivel directivo o decisorio de la Rama Ejecutiva, Legislativa y Judicial.
Según los comentarios que hizo llegar la cartera de Hacienda al Congreso de la República, el proyecto daría lugar a una edad de retiro forzoso distinta entre servidores públicos de la Rama Ejecutiva de libre nombramiento y remoción (nivel directivo o decisorio) y servidores públicos de la Rama Ejecutiva que detenta una condición distinta (de carrera administrativa), pues para los primeros esa edad sería de 70 años mientras que para los segundos sería la de 65 años. Lo propio sucedería para los mismos cargos de los otros órganos del poder público, organismos de control, organismos especiales, respectivamente.
Por ello, Hacienda indica que sería oportuno que el texto del proyecto para el segundo debate en la plenaria de la Cámara recoja los criterios en torno a los cuales ha discurrido la distinción de regímenes entre servidores públicos de carrera y los de libre nombramiento y remoción.
Este Ministerio también llama la atención por el impacto de esta iniciativa en materia del empleo, pues “el resultado de extender la edad de retiro forzoso hasta los 70 años para los niveles directivos y decisorios de los funcionarios, genera una presión sobre todas las generaciones que harán parte de la fuerza laboral ocupada en los años subsiguientes a la implementación de la medida. Nuestros resultados predicen que esto se va a traducir en una disminución de la probabilidad agregada de encontrar empleo del 0.002% en promedio, y en un 98% de los casos”.
No obstante, el Ministerio de Hacienda destaca los efectos de esta iniciativa sobre el costo público de las pensiones, pues “desde el punto de vista del Estado, puede existir un ahorro producto de la proporción de funcionarios que decidan alargar su edad de retiro hasta los 70 años”.
Añade que el resultado final del costo público de las pensiones como proporción del PIB, es positivo y en términos relativos tiene mayores efectos que aquellos señalados para el mercado laboral, debido a que la importancia relativa de los pagos de mesadas pensionales es mayor que la importancia relativa del número de personas afectadas.
No obstante indica el Ministerio de Hacienda que en el caso de los afiliados al Régimen de Prima Media, si a partir de la edad de retiro forzoso y con estatus de pensionado decidieran continuar trabajando y por ende cotizando a Colpensiones, el valor de los bonos pensionales tipo B se incrementaría, toda vez que de acuerdo con las normas que rigen la materia dichos bonos se actualizan y capitalizan hasta la fecha de ejecutoria de la resolución que reconoce la pensión y de ahí hasta la fecha de pago solamente se actualizan.
Luego, añade, “si la persona decide seguir cotizando hasta los 70 años, se estaría hablando de 5 años más que la Nación y las entidades territoriales tendrían que pagar de capitalización por cada uno de esos bonos pensionales, generando un aumento en los pasivos pensionales significativo en momentos en que no existen recursos suficientes para atender las obligaciones pensionales generadas hasta la fecha”.
El proyecto
La iniciativa de ley que fue radicada en noviembre del año pasado con la firma de senadores y representantes del Partido Centro Democrático, indica que la edad máxima de retiro del cargo para los servidores públicos del nivel directivo o decisorio de las Ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial del Poder Público, de los organismos de control, la organización electoral, los organismos especiales, los jueces y magistrados de la República y sus equivalentes, y de los particulares que ejerzan funciones públicas de modo permanente será de 70 años.