“Medidas cautelares de Cidh son vinculantes” | El Nuevo Siglo
Miércoles, 9 de Abril de 2014

El presidente de la Corte Constitucional, Luis Ernesto Vargas, revivió la discusión sobre si Colombia debe o no acatar las medidas cautelares que dicta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh).

Esta vez, Vargas Silva se refirió en específico al caso del exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro, quien en medio de una batalla jurídica en las altas cortes, recibió por parte de la Cidh medidas cautelares para frenar su salida del Palacio de Liévano.

El togado manifestó que “en términos puramente del derecho interamericano habría que pensar que unas medidas cautelares que no hayan sido acatadas ocasionalmente pueden llevar a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no la Comisión, convierta el tema de la medida cautelar en una medida provisional”.

Sin embargo cabe recordar que la canciller María Ángela Holguín dijo en ese momento que la Cidh es un sistema subsidiario de la jurisdicción colombiana.

“Bueno, yo creo que aquí vale la pena hacer ciertas aclaraciones para que hablemos un mismo lenguaje. Las medidas cautelares no son parte de la Convención de San José. Las medidas cautelares surgen de un reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, reglamento que lo hacen los mismos comisionados

Las medidas cautelares no son un mandato que hubieran dado los Estados a la Convención, por esta razón no son obligatorias. Por esa misma razón es que la Comisión solicita al país, no le dice le obliga, ni le requiere. Lo que dice exactamente es que le solicita al país unas medidas cautelares. Entonces eso debe quedar claro.

Aquí la palabra acatamiento, no existe; porque no hay ningún tipo de vinculación, no son vinculantes ni obligatorias para el Estado colombiano”.