Medallistas olímpicos tendrían pensión | El Nuevo Siglo
Jueves, 4 de Abril de 2013

La Plenaria del Senado respaldó varios proyectos de ley de gran impacto social, entre ellos que apoyan al sector cultural, a las madres comunitarias, mujeres en embarazo y el uso de vehículos eléctricos.

Medallistas olímpicos

En cuanto al proyecto de ley que propone que los medallistas y sus entrenadores cuenten con una pensión vitalicia, se precisa que "todo atleta colombiano que logre medalla en los Juegos Olímpicos, Paralímpicos o en Campeonatos Mundiales, en cualquier disciplina deportiva, tiene derecho a una pensión vitalicia de jubilación, y establece un monto de la pensión que equivaldrá a: Medallistas de oro, 10 salarios mínimos; plata 8 smlmv, bronce 6 smlmv y Campeones mundiales, el equivalente a 10 smlmv".

Otro beneficio es una pensión para los entrenadores quienes también tienen derecho, la cual se reconocerá en el mismo monto que se asigna a su pupilo que haya logrado medalla olímpica, paralímpica o campeonato mundial.

Comunidad cultural

De otro lado, también fue respaldada la iniciativa que busca beneficiar a toda la comunidad cultural colombiana,  en cuanto a la destinación de los dineros para la seguridad social de los artistas que permite que el diez por ciento (10%) de los recursos recaudados por la estampilla pro cultura para seguridad social de los artistas y gestores culturales puedan ser invertidos en pensión o vivienda de los mismos.

Madres comunitarias

Así mismo, se dio vía libre al proyecto de ley que establece los lineamientos para el ejercicio de la labor de las madres comunitarias en Colombia, y tiene como objeto establecer los lineamientos generales que deben regular la labor desarrollada por las madres comunitarias en el cuidado y atención integral de los niños y niñas entre 0 y 5 años de edad pertenecientes a los estratos más pobres de la población, en el marco del Programa de Atención de la Primera Infancia como un servicio público a cargo del Estado.

Mujeres en embarazo

También fue aprobado el proyecto que pretende que una mujer en estado de embarazo y su recién nacido, obtengan una buena calidad de los servicios de atención prenatal, del parto, posparto y perinatal, para reducir la morbimortalidad materna y perinatal y lograr un verdadero desarrollo humano de la familia.

Personas que usan transporte eléctrico


Por otra parte se aprobó el proyecto por el cual se adoptan normas y requisitos mínimos para el uso y supervisión técnica de sistemas verticales de transporte de personas, de tipo eléctrico, automático y mecánico.

La finalidad del mismo es el de establecer medidas y controles mínimos para el uso de tales sistemas con fundamento en: prevención, señalización, vigilancia y control, no solo pretende que se puedan evitar accidentes, sino que los usuarios hagan uso responsable de estos elementos y colaboren en la buena utilización de estos sistemas verticales de transporte.

También procura llenar el vacío regulatorio que en tal sentido se presenta, pues el país está huérfano de una normatividad para controlar el mantenimiento de los sistemas verticales de transportes eléctricos, automáticos y mecánicos dentro de edificaciones.

Transporte con tecnologías limpias y sustentables


Dentro del desarrollo de la Plenaria, también pasó el proyecto de Ley 016 de 2012 donde se establecen medidas para la promoción e implementación de modos de transporte que incorporen tecnologías limpias y sustentables.

La presente iniciativa tiene por fin diversificar la matriz energética del transporte, incentivando la implementación de métodos de transportes que incorporen tecnologías de tracción eléctrica, para mitigar los efectos del cambio climático y mejorar la calidad de vida de los colombianos a través de un ambiente más sano.