Más plazo para pagar el Cobro por Valorización | El Nuevo Siglo
Martes, 30 de Diciembre de 2014

Hasta el 29 de enero del año entrante, el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) amplió el plazo para que los contribuyentes realicen el pago del Cobro por Valorización sin sanciones, que fue aprobado por el Concejo de Bogotá.

La ampliación en este lapso no implica que los aportantes tengan que cambiar la cuenta de cobro que tenía vigencia hasta ayer. Los pagos se podrán realizar a través  de las entidades bancarias relacionadas en la factura, en la página web (www.idu.gov.co), y los medios electrónicos habilitados para tal fin.  

Así mismo, los pagos podrán efectuarse en la sede del IDU de la Calle 20 con carrera 5º y los Supercades y Cades: Suba, Chicó, Toberín, Servitá y Santa Helenita.

La ampliación de este proceso tiene como fin ejecutar  once obras con zonas de influencia en Chapinero, Teusaquillo, Engativá, Barrios Unidos, Fontibón, Usaquén y Suba.

En diálogo con Caracol Radio, Hernando Arenas, director de Valorización del IDU, manifestó que “este acuerdo está estructurado para recaudar 396.000 millones de pesos. Es importante recordar obras tan importantes como la Avenida del Rincón, la Avenida La Sirena, la reconstrucción del parque Gustavo Uribe Botero en la localidad de Chapinero”.

El más reciente corte de cuentas de la entidad indicó que se ha logrado el recaudo del 40 por ciento de los recursos previstos, lo que se traduce en que los capitalinos han pagado 156.000 millones de pesos de los 396.000 millones autorizados por el cabildo distrital.

Estos cobros quedaron consignados en el Acuerdo 523 de 2013 donde se indica que “el valor que el Instituto de Desarrollo Urbano cobre anualmente, del total del monto asignado de cada predio urbano residencial, no podrá ser superior al valor del cobro del impuesto predial a cargo de ese mismo inmueble para la vigencia en la cual se efectúe la asignación. Para los predios urbanos de uso no residencial el cobro asignado no podrá ser superior a uno punto cinco veces (1.5) del cobro anual del impuesto predial”.

De igual forma explica que “los valores que excedan los límites anuales de cobro establecidos en el inciso anterior serán diferidos a las vigencias fiscales siguientes y serán recaudados por el IDU, sin que en ningún evento supere el término de tres (3) años, caso en el cual el valor total de la contribución será distribuida proporcionalmente durante dicho término”.

Sobre la devolución de los dineros por cobro de valorización, el funcionario indicó que “marcha un poco lenta, en este momento tenemos 412 mil predios notificados, 142 mil radicados, es decir, menos del 30 por ciento, y de nuevo insistirle al contribuyente que aunque tiene dos años para adelantar su proceso de devolución, pues estamos esperándolo en los CADE y Supercades para adelantar este proceso”.  

Arenas indicó además que se han devuelto “aproximadamente 40 mil millones de pesos de 350 mil millones que teníamos proyectados para devolver”.

Para que el dinero sea reintegrado, el IDU envía una notificación escrita a los predios objeto de devolución, donde se especificará el monto a favor y los requisitos para solicitar la devolución del dinero. Luego, para desarrollar este trámite, la persona solicitante del valor a devolver debe ser el titular del derecho de dominio del inmueble, para la fecha de efectuado el pago de la contribución de valorización.