Con base en el Código Nacional de Tránsito, las autoridades de los departamentos y municipios deberán aplicar un comparendo directo a los propietarios de los vehículos que no hagan la revisión tecnomecánica tras la fecha de su vencimiento.
Así lo dio a conocer Carolina Chávez, directora de procesos administrativos de la Secretaría de Movilidad de Bogotá, al revelar que de 2 millones de vehículos matriculados en la capital del país, el 25% no cumple con esta obligación.
“Con base en la información que reposa en el Ministerio de Transporte, mediante el Registro Único de Tránsito, RUNT, se puede verificar quién cumple con la ley y quién no para imponerle un comparendo que le llegará a la residencia del propietario del automotor”, explicó.
En diálogo con Radio Nacional de Colombia de RTVC, la funcionaria precisó que existen excepciones como el caso de los carros que están en los patios por alguna infracción, por estrellada, por orden judicial o por desperfectos mecánicos que le impiden al propietario llevarlo al centro de diagnóstico.
“Si uno de estos casos ocurre el propietario debe comunicarlo a la Secretaría de Movilidad respectiva, para evitar el comparendo”, alertó.
La funcionaria afirmó que los vehículos particulares a partir del sexto año de ser matriculados, deben portar la certificación tecnomecánica, pero los de servicio público y las motos lo deben hacer a partir del segundo año.
La infracción por la no renovación del certificado de tecnomecánica es la C-35 y tiene un valor de $322.200 (quince salarios mínimos vigentes).