Sin margen para un nuevo aplazamiento, porque a la legislatura le quedan menos de 20 sesiones, hoy la plenaria de la Cámara se dispone a votar en sexto debate el Margen jurídico para la Paz. La ponencia no propone mayores cambios frente a las preocupaciones que ha manifestado Human Rights Watch porque presuntamente se propiciaría la impunidad.
El último aplazamiento fue la semana anterior, cuando cerca de 40 parlamentarios respaldaron la proposición del representante por el departamento de Antioquia Obed Zuluaga, quien pidió el archivo del proyecto.
Esta iniciativa legislativa que salió, principalmente del Partido Social de Unidad Nacional (La U) pues varios de sus parlamentarios son sus autores, como el senador Roy Barreras y los representantes Wilson Gómez y Carlos Eduard Osorio, plantea el establecimiento de unas bases jurídicas para, en el marco de la justicia transicional, crear las condiciones para eventuales futuras desmovilizaciones.
Aunque la médula del proyecto, como es la cesación de la acción penal contra integrantes de los grupos armados ilegales que dejen las armas, ha creado polémica alrededor de la priorización y la selección de los casos, pues solamente serán enjuiciados los máximos responsables de delitos que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra.
En este sentido el director para las Américas de Human Rights Watch José Miguel Vivanco ha sido especialmente crítico al afirmar que propicia la impunidad, pues la acción penal no recaería sobre el resto de integrantes de grupos armados ilegales que también hubieren participado en la comisión de delitos atroces.
Sin embargo la iniciativa es defendida por el Gobierno Nacional, al punto que el propio ministro de Justicia Juan Carlos Esguerra le ha enviado dos comunicaciones a Vivanco en las que responde a las inquietudes que éste tiene.
“Debo aclarar que la intención del Gobierno y del Congreso por supuesto no ha sido abrir espacios de impunidad frente a las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por guerrilleros, paramilitares o agentes del Estado. Por el contrario, este proyecto de acto legislativo busca sentar los cimientos sobre los que se habrá de levantar un eventual futuro proceso de paz”, dice Esguerra en una de las misivas.
Igualmente la semana anterior el fiscal General Eduardo Montealegre le dio su respaldo al proyecto en un momento crucial, al destacar la importancia que tiene para futuros procesos de paz, pero fue más allá al señalar que la legislación nacional está desactualizada frente al concepto internacional de justicia transicional, pues las figuras de las amnistía y el indulto todavía están atadas al delito político.
Así las cosas, está previsto que hoy será votado el Marco para la Paz, de un lado con el respaldo del Gobierno nacional y el Fiscal General, y del otro, bajo la mirada vigilante internacional en cabeza de la influyente Human Rights Watch y en medio una plenaria de Cámara dividida frente al tema.
Sobre el particular el representante Iván Cepeda (Polo) señaló que “creo firmemente que Colombia requiere un conjunto de normas para buscar un proceso de paz, y efectivamente esas normas tienen que consagrar alguna clase de beneficios, si es que en contraprestación vamos a obtener el fin del conflicto. Con relación a la propuesta de acto legislativo, allí hay unos asuntos que deben ser enmendados y redactados de otra forma. Uno es que no puede haber una suspensión de la acción de investigación y de procesamiento penal para personas que están involucradas en crímenes de lesa humanidad”.
La ponencia
La ponencia para este sexto debate estuvo a cargo del representante Carlos Eduard Osorio, quien hizo algunos ajustes al texto, tal vez el más importante de ellos limitar a cuatro años la aplicación temporal de las medidas de justicia transicional contenidas en el proyecto, con el fin de garantizar su excepcionalidad y transitoriedad.
Igualmente, el ponente acogió una sugerencia del Fiscal General, en el sentido de que se aclara que los criterios de priorización y de selección son diferentes. Mientras que los primeros establecen un orden cronológico para abocar el conocimiento de un total de casos, los segundos suponen la posibilidad de renunciar a la persecución penal de los casos no seleccionados.
Igualmente se aclara que no es cualquier Fiscal quien puede establecer criterios de priorización, sino el General de la Nación.