Mantener o no personería a 100% Colombia divide CNE | El Nuevo Siglo
Martes, 9 de Diciembre de 2014

Gabriel Sonny Cubillos
Periodista de EL NUEVO SIGLO

Tras ratificar la personería jurídica a la Unión Patriótica hasta el año 2018, la otra papa caliente que le queda por resolver en este asunto al Consejo Nacional Electoral es sobre el Partido Cien por Ciento Colombia, que logró tres curules en las pasadas elecciones de Congreso, mas no el umbral.

El Consejo Nacional espera definir el tema este mismo año en las dos salas plenas que restan, por lo que figura en el orden del día de mañana, en donde será debatido junto con otros temas de gran interés para esta Corporación.

En el caso de la personería jurídica de la Unión Patriótica fue menos complicada la decisión porque a pesar de que no logró el umbral en los pasados comicios, existía un concepto del Consejo de Estado que planteaba la necesidad de mantenerla porque esta colectividad la recobró a mediados del año pasado de mano de este mismo Tribunal, poco antes de los comicios legislativos y presidenciales de 2014, sin contar con el tiempo necesario para reestablecer sus estructuras políticas resquebrajadas tras 12 años de la ausencia de la arena política que adoptó por el genocidio de cerca de 5 mil de sus militantes.

Sin embargo, el caso de Cien por Ciento Colombia genera más controversia jurídica porque a pesar de que en las pasadas elecciones parlamentarias presentó listas en varios departamentos en la circunscripción ordinaria de Cámara, hay la discusión al interior del Consejo Nacional Electoral sobre si se le debe considerar un movimiento étnico, porque bajo esa condición y con el nombre de Afrovides logró curul con Yahir Acuña en la Cámara por negritudes en el Congreso de la República 2010-2014.  

Hay que recordar que en el caso de las circunscripciones especiales en Senado y Cámara de Representantes (indígenas, negritudes y colombianos en el exterior) los partidos, movimientos políticos y movimiento significativos de ciudadanos obtienen la personería jurídica por el solo hecho de adquirir una curul.

No obstante, Cien por Ciento Colombia no presentó listas en la circunscripción afro y sí lo hizo en la ordinaria, donde es exigido el umbral.

En ese sentido, la discusión en el Consejo Nacional Electoral se centra en si Cien por Ciento Colombia, considerado como un movimiento étnico, está eximido del umbral requerido en la Cámara ordinaria para mantener la personería jurídica.

 

Jugada política

Cien por Ciento Colombia surgió en diciembre pasado después de que la asamblea del movimiento Afrovides (Asociación de Afrocolombianos para la Vivienda, Deporte, Educación y Salud) decidió en una polémica decisión cambiar de nombre asumiendo el de Cien por Ciento Colombia, manteniendo la personería jurídica que logró en los comicios del año 2010 con la curul que obtuvo Yahir Acuña en la circunscripción especial de la Cámara afro.

En los comicios de marzo pasado, Cien por Ciento Colombia logró curules en la Cámara de Representantes por Casanare con José Rodolfo Pérez Suárez; y en el departamento de Sucre con Candelaria Patricia Rojas Vergara y Yahir Fernando Acuña.

Paralelo a la definición que debe hacer el Consejo Nacional Electoral sobre mantener o no esta personería jurídica, hay una demanda en el Consejo de Estado que presentó la Procuraduría General contra estos escaños porque la norma electoral no permite a un mismo partido participar en dos circunscripciones a la vez, al asumir el Ministerio Público que es el mismo Movimiento Funeco que presentó lista a la Cámara afro, consiguiendo dos escaños con María del Socorro Bustamante y Moisés Orozco.

Vale recordar que estos dos últimos esta es la hora que no se han podido posesionar por unas medidas cautelares que concedió el Consejo Superior de la Judicatura hasta que falle de fondo el Consejo de Estado una demanda porque, supuestamente, estas personas no representan a la comunidad afrocolombiana. 

La importancia para un partido o movimiento político de contar con personería jurídica reside en que recibe financiación del Estado anual para su funcionamiento, además de que puede avalar candidatos en las elecciones.

Si la decisión del Consejo Nacional fuera contraria a los intereses de Cien por Ciento Colombia sería un duro golpe para Yahir Acuña, quien renunció  en octubre pasado a su curul, apenas tres meses después de posesionarse, con el fin de no inhabilitarse para los comicios regionales de octubre de 2015. El exparlamentario argumentó para esta decisión que quiere aspirar a la Gobernación de Sucre.

Fuentes señalaron a este Diario que el interés de Acuña de crear Cien por Ciento Colombia con la personería jurídica de Afrovides y hacerlo presentar en la circunscripción ordinaria de Cámara, no era otro que esta colectividad lo avalara como candidato en su intención de aspirar a la Gobernación de Sucre.

Sin embargo, si el Movimiento Cien por Ciento Colombia no mantiene la personería jurídica, no podrá avalar candidatos en las próximas elecciones, por lo que la única alternativa que le quedaría a Acuña sería inscribirse por firmas.