Con la anulación de la elección del gobernador de Caldas, Guido Echeverri, ya son cuatro hasta el momento los mandatarios regionales a quienes su mandato se quedó a medio camino, pues fueron elegidos para el período 2011-2015. Lo mismo pasó con un alcalde de ciudad capital. Aunque no es una situación nueva, sí llama a la reflexión por lo que significa para la gobernabilidad y el costo que acarrea las nuevas elecciones.
Estos mandatarios perdieron el cargo por diferentes razones como estar inhabilitados para desempeñar el cargo, acumulación de sanciones disciplinarias por parte de la Procuraduría General y destitución por irregularidades en la contratación.
Y más mandatarios departamentales podrían salir este año del cargo por cuenta de investigaciones de la Procuraduría o demandas ante el Consejo de Estado. Además ya están caminando dos revocatorias de mandato contra alcaldes de ciudades capitales.
Gobernadores fuera del cargo
. Valle del Cauca
Héctor Fabio Useche: fue el primer gobernador del actual periodo que salió del cargo el pasado 26 de marzo de 2012, por una decisión de la Contraloría General, al encontrarlo responsable, junto con otros funcionarios del Departamento, de un detrimento patrimonial por 40.767 millones de pesos que se presentó unos años antes en la Industria de Licores del Valle por un contrato para publicidad de varios de sus productos. Para esa época Useche fungía como representante del entonces gobernador en la Junta Directiva de esta entidad.
. Huila
Cielo González Villa:fue la segunda cabeza que rodó por cuenta de un fallo de la Procuraduría General de la Nación tras ajustar tres sanciones disciplinarias en su contra, todas por actuaciones cuando se desempeñó como alcaldesa de Neiva.
La tercera sanción y que determinó su salida se registró el 25 de abril de 2012 por una providencia del Ministerio Público, al concluir que omitió su obligación de dirigir y controlar el uso de las regalías cuando fungía como alcaldesa de Neiva durante el periodo 2004-2007. Corresponde a unos recursos que fueron invertidos en una entidad sin vigilancia por parte de la Superintendencia Financiera.
Además, el Ministerio Público sancionó a González Villa por 11 años para ocupar cargos públicos.
. Casanare
Nelson Mariño: Irregularidades en la contratación significaron al Mandatario la destitución e inhabilidad por 14 años, así lo señala un fallo de segunda instancia en enero pasado de la Procuraduría General de la Nación.
La Procuraduría encontró responsable a Mariño de las irregularidades que se presentaron en un convenio de asociación con la Caja de Compensación Familiar de Casanare para garantizar el servicio de restaurante escolar a 62.895 estudiantes de ese departamento para la ampliación y la sostenibilidad de la prestación del servicio educativo.
El fallo disciplinario señala que el Mandatario suscribió de manera directa, a través de convenio de cooperación con la entidad Comfacasanare, un contrato para “la preparación y distribución de almuerzos escolares para 62.985 estudiantes de las instituciones educativas del departamento”, pese a que no se cumplían los requerimientos legales para contratar.
. Caldas
Guido Echeverri: El pasado martes, la Sección Quinta del Consejo de Estado en fallo de segunda instancia tumbó la elección del Mandatario al considerar que estaba inhabilitado para desempeñar el cargo porque su esposa, Ana María Jaramillo, había ejercido como secretaria de Hacienda encargada del departamento de Caldas dentro del periodo de 12 meses antes de la elección. Funciones que ostentó dentro del mismo territorio donde fue elegido Echeverri.
En su defensa, el Mandatario señaló que el ejercicio de su esposa se hizo en encargo y no como titular, y que fue solo por dos días.
La Sala reiteró la jurisprudencia según la cual el concepto de encargo incluye el desempeño de funciones constitucionales y legales asignadas al titular. Por tanto, si el acto administrativo no dice específicamente para qué funciones se da el encargo, la persona está en capacidad de cumplir todas las que son propias o inherentes del cargo que se va a desempeñar temporalmente.
Gobernadores suspendidos
. Chocó
Luis Murillo:Fue apartado del cargo de forma temporal desde octubre pasado, cuando el Consejo de Estado dejó en firme un fallo de primera instancia de la Sección Quinta del alto Tribunal de julio de 2012.
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el acto administrativo que declaró la elección de Murillo como gobernador por una condena que le fue impuesta al Mandatario en 2003 por el delito de peculado por asignación, lo que lo inhabilitaría para desempeñar el cargo para el cual fue elegido en 2011.
En este momento, el Consejo de Estado está a la espera de que el Tribunal Administrativo de Chocó defina una apelación que se presentó contra un fallo que profirió en noviembre pasado a favor del gobernador.
Alcaldes fuera del cargo
. Cartagena
Campo Elías Terán: El pasado 22 de abril dejó de existir el Mandatario producto de un cáncer de pulmón que lo aquejaba desde hacía unos meses. Apenas quince días antes había renunciado al cargo de alcalde de Cartagena.
Terán había sido suspendido del cargo desde el 30 de octubre del año pasado mediante resolución de la contralora General de la República, Sandra Morelli.
La funcionaria solicitó la suspensión del Mandatario en el marco de una investigación fiscal por un presunto detrimento patrimonial en esa ciudad por $5.893 millones. De acuerdo con la Contraloría, en el contrato entre la Secretaria de Educación y Chemical Products se encuentra que “el contratista no ha efectuado los aportes parafiscales y de seguridad social de sus empleados, y los presentados para el cobro de sus facturas a la entidad figuran a nombre de una persona jurídica distinta”.
Revocatorias
. Bogotá
Gustavo Petro: El pasado18 de abril radicaron ante la Registraduría 640 mil firmas que apoyan la revocatoria del Mandatario capitalino, iniciativa liderada por el representante a la Cámara, Miguel Gómez.
Según el artículo 64 y siguientes de la Ley 134 del 94 (mecanismos de participación ciudadana) el motivo para pedir la revocatoria debe ser por insatisfacción general y/o incumplimiento del programa de gobierno. La solicitud de convocatoria a pronunciamiento popular para revocatoria debe ser suscrita por el 40 por ciento del total de votos que obtuvo Petro. Esto significa que de los 723.157 sufragios se deben conseguir 289.263 firmas que estén inscritas en el censo de Bogotá, hayan o no votado en las elecciones de octubre de 2011. La votación válida fue de 2.244.025, la votación necesaria debe ser de 1.234.214 de los cuales el voto por el sí debe llegar a la cifra de 617.107.
En menos de dos meses se conocerá a ciencia cierta si hay o no plebiscito para revocar al alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro, cuando la Registraduría termine de verificar la validez de las firmas entregadas por el comité promotor de esta iniciativa.
Gómez argumenta que esta es una administración que improvisa, polariza, no gerencia y no comunica. “La gente ha expresado su inconformismo con la gestión del Alcalde a través de las encuestas. Bogotá debe retomar el rumbo, ya no aguantamos más chambonadas. La ciudad está a la deriva: no hay planeación, todo se ha regido bajo la improvisación y los bogotanos ya no aguantamos más chambonerías”, dijo.
. Florencia
María Susana Pórtela Lozada: En días pasados fue aprobada en Florencia, Caquetá, la convocatoria a elección de revocatoria de la Mandataria, luego de que la Registraduría Nacional constatara que fue superado el mínimo de firmas requerido para convocar a las urnas.
Como resultado de la revisión de firmas se pudo establecer que de los 15.736 apoyos presentados por los promotores, 11.349 resultaron válidos. Para que la revocatoria prosperara se requerían 8.421 firmas válidas, correspondientes al 40% de los votos obtenidos por la actual alcaldesa, quien ganó con 21.053 votos en las pasadas elecciones de 2011.
Los 4.387 apoyos restantes fueron anulados por ser ilegibles, incompletos, repetidos, por pertenecer a municipios diferentes, por pérdida o suspensión de derechos políticos, o por no estar inscritos en el Archivo Nacional de Identificación, ANI, entre otras razones.
En consecuencia el Registrador Especial de Florencia, mediante Resolución No 002 del 25 de abril de 2013, aprobó la solicitud de convocatoria a elección de revocatoria del mandato de la alcaldesa Pórtela Lozada, quien llegó a la alcaldía avalada por el Partido Social de Unidad Nacional.
Surtido el término de los recursos de ley, si la resolución queda en firme, el Registrador Especial de Florencia procederá en un plazo máximo de dos meses a convocar a las urnas a los habitantes de este municipio.
Para que el mandato de la actual alcaldesa sea revocado se requiere que en la jornada democrática que se convoque se registre una participación equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección de la alcaldesa de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí.
En la última elección de alcalde de Florencia, los votos válidos ascendieron a 55.920, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 30.756 sufragantes.