Licencia de maternidad no sube costo laboral | El Nuevo Siglo
Miércoles, 12 de Agosto de 2015

Sobre el proyecto de ley que ampliaría la licencia de maternidad en el país, el Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario considera que las alertas relativas al aumento de costos laborales formuladas por algunos sectores carecen de fundamento, ya que el costo de la licencia es asumido por el sistema de seguridad social en salud. (Lea también: Radican proyecto para ampliar licencia de maternidad)

 

Al contrario, la iniciativa disminuiría -por ejemplo- la demanda de atención en salud derivada de algunas patologías de los menores por la falta de cuidado de la madre en los períodos de lactancia en los que actualmente debe regresar al trabajo.

 

Discriminación por género y licencia de paternidad

 

Iván Daniel Jaramillo, investigador de la Universidad del Rosario, considera que los efectos en materia de discriminación por género deben ser analizados bajo los parámetros de los costos que derivan del disfrute de la licencia de la trabajadora y el consecuente reemplazo temporal, que está previsto pueda ser cubierto a través de una Empresa de Servicios Temporales.

 

“El aumento de 10 semanas más de licencia de maternidad debe ir de la mano con una regulación propia del tiempo de cotización que debe tener la madre al momento del parto; es decir que deberá aumentar el requisito de cotización al momento del parto en una proporción igual al aumento de semanas de licencia”, explicó.

 

En consecuencia se aumentaría el requisito de cotización a las mujeres, actualmente equivalente al período de gestación, para poder ser beneficiarias plenas de la licencia de maternidad a un año como período de cotización (período de carencia) para acceder a la licencia de 6 meses propuesta.

 

Para el académico, la ampliación de la licencia de paternidad a 15 días, actualmente en 8, se orienta al mismo objetivo: permitir al recién nacido la compañía de sus padres y contribuir así al desarrollo cognitivo y físico del neonato, tal como lo establece la Organización Mundial de la Salud.

 

Licencia armonizada con factores económicos y de productividad

 

Para Kevin Hartmann Cortés, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, resulta conveniente analizar otras alternativas para permitir al menor la compañía de sus padres. Mecanismos menos gravosos para la productividad de la industria, en donde se pueda garantizar la efectiva lactancia del bebé, sin que se tenga que asumir el costo por parte de la EPS de pagar el tiempo en que la madre se encuentra en el hogar atendiendo las necesidades de su recién nacido.

 

“Uno de estos mecanismos puede ser aumentar el tiempo de lactancia con el que cuenta la madre al día (1 hora) para cumplir con ese objetivo fundamental, o incluir alternativas de teletrabajo en las actividades que admitan esta modalidad”, indicó.

 

En su opinión, si la licencia se amplía no solo por razón de la lactancia, sino a la maternidad como tal –entendiendo por tal la interacción necesaria de la madre con su hijo desde el momento de su nacimiento hasta 6 meses después del mismo–, es necesario plantear el reconocimiento de la paternidad como elemento esencial de la crianza del menor y, de esta manera, reconocer una extensión proporcional a la misma, con los costos al sistema que ella implica.

 

De esta forma, el enfoque correcto sobre el reconocimiento a la maternidad y a la lactancia, como elementos esenciales de la primera crianza, deben analizarse como garantía del recién nacido, que debe ser armonizada con los factores económicos y de productividad que esta implica, sin los cuales podrá terminar siendo un elemento de desigualdad en términos de género y empleabilidad. En otras palabras, “el remedio terminaría siendo peor que la enfermedad”, indicó Jaramillo.

 

Frente al proyecto de ley radicado el 10 de agosto por la Representante a la Cámara Tatiana Cabello, es necesario hacer un análisis que corresponda a la técnica legislativa que se debe tener en cuenta para no caer en falsas premisas discursivas, de cara a la formulación de la política pública en el Congreso de la República, dijo el académico.

 

La licencia de maternidad actual

 

La licencia de maternidad está regulada por la ley 1468 de 2011 que modifica el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, en donde se establece que la licencia de maternidad se da por el hecho del parto y a partir de ese momento se cuentan 14 semanas.

 

Puede la madre gozar de dos semanas de descanso previas al parto, en cuyo caso se descontarán de las 14 semanas de licencia. De cualquier manera, la licencia de maternidad será pagada por la EPS a la cual esté afiliada la madre.