“Legal acción de Minsalud contra el tabaco” | El Nuevo Siglo
Sábado, 28 de Septiembre de 2013

En primera instancia, el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca confirmó la legalidad de las actuaciones realizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social en el proceso de evaluación del etiquetado y empaquetado de los productos de tabaco y sus derivados, de los productos presentados por la compañía British American Tobacco Colombia BAT para el periodo 2011-2012, ante el retiro de frases promocionales y publicitarias presentes en las referencias de los cigarrillos Montana, Belmont, Kent y Kool. “Este importante resultado en sede judicial hace parte del primer litigio que la compañía BAT Colombia ha iniciado en contra de este Ministerio, quien en sus decisiones se ha ajustado a la normatividad nacional e internacional sobre el tema del control de tabaco referida al proceso de etiquetado y empaquetado de los productos de tabaco y la prohibición total de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de estos productos”, dijo el Viceministro de Salud y Prestación de Servicios, Fernando Ruiz Gómez. Este Ministerio, en concordancia con la normativa sobre el tema de control de tabaco, ha solicitado a todas las empresas productoras, importadoras y comercializadoras de dichos productos, el retiro de toda frase, elemento pictográfico y demás contenidos que puedan constituir promoción y/o publicidad de productos de tabaco y sus derivados. Entre las consideraciones expresadas por el Tribunal está: “el Ministerio de Salud y Protección Social es competente para realizar la evaluación integral de la cajetilla de cigarrillo. Las facultades de este Ministerio no se limitan a las advertencias y a los pictogramas. Se trata del ejercicio de un control integral sobre la información que contiene el producto teniendo en cuenta que el empaque es un conjunto armónico de elementos […]”.  La revisión del MinSalud evita la inclusión de promoción prohibida, de acuerdo con el Convenio Marco para el Control del Tabaco. No existe, entonces, falta de competencia pues sus facultades están en la Ley 1335 y en el mencionado convenio”.