La defensa técnica para los militares es un hecho | El Nuevo Siglo
Jueves, 12 de Diciembre de 2013

Tras completar su cuarto debate el proyecto de la Defensa Técnica para los militares y policías pasó a sanción presidencial luego de ser aprobado anoche en la plenaria de la Cámara.

La iniciativa fue aprobada con 92 votos a favor y ninguno en contra debido a que el Polo Democrático y la Alianza Verde se negaron a votar. El texto no tuvo ninguna modificación respecto al aprobado por la plenaria del Senado.

El proyecto que crea un fondo especial para financiar los abogados de los militares incursos en procesos judiciales y disciplinarios,  fue presentado por el Gobierno tras el hundimiento de la reforma al fuero militar por parte de la Corte Constitucional el pasado 23 de octubre.

El coordinador ponente, el representante conservador Telésforo Pedraza señaló que los recursos provendrán del presupuesto nacional, del Ejército, del pago de las libretas militares y de donaciones que hagan particulares. De la misma forma el Parlamentario indicó que el fondo estará bajo la vigilancia de la Contraloría General.

El articulado aclara que la Ley no cobijará a quienes estén siendo procesados por los delitos cometidos en contra de los menores de edad, violencia sexual, quienes hayan participado en masacres o hayan contribuido al detrimento del patrimonio público.

En el debate, el representante del Polo Democrático, Germán Navas, cuestionó que sean los colombianos los que tengan que pagar la defensa de los militares y, sobre todo, quienes han sido víctimas de los militares. “¿No entiendo por qué con el erario público se les va a pagar la defensa?”, declaró Navas.

Por su parte, el senador Luis Carlos Avellaneda, de la Alianza Verde, advirtió que mientras los militares quedaban protegidos, los demás servidores públicos quedaban sin protección.

¿Qué dice el proyecto?

Además de las investigaciones futuras, la defensa de los militares cuyos procesos por faltas en el servicio estén en curso, podrán ser acogidos por la ley de la Defensa Técnica.

 “En aquellas actuaciones que se encuentren en curso a la entrada en vigencia de la presente ley, se garantizará el derecho de defensa a los miembros de la Fuerza Pública que lo soliciten en los términos aquí señalados, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Gobierno nacional” señala el texto en su artículo 6.

Así mismo, el proyecto contempla la defensa jurídica de los militares tanto en Colombia como en el exterior, lo que beneficiaría a los uniformados que participaron del operativo contra el excabecilla de las Farc alias ‘Raúl Reyes’ en territorio ecuatoriano.

“El Sistema de Defensa Técnica y Especializada financiado por el Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública  se encargará de prestar a los miembros activos y retirados de la Fuerza Pública los servicios mencionados en el artículo 2º de esta ley, cuyo conocimiento sea avocado en materia disciplinaria por las autoridades disciplinarias y en materia penal por la jurisdicción penal ordinaria o penal militar y en subsidio la jurisdicción internacional vinculante por tratados internacionales debidamente ratificados por Colombia”, indica el mismo artículo.

“Así mismo, podrá prestarse el Servicio de Defensoría a los miembros de la Fuerza Pública ante terceros Estados”, agrega el documento.

Otro aspecto nuevo incluido es relacionado con la financiación del Fondo, el cual además de ser financiado por el Estado, podrá recibir donaciones y recursos por parte de particulares.

También quedó expreso que los abogados por carrera administrativa pertenecientes a la Fuerza Pública no podrán asumir los casos de uniformados investigados penal o disciplinariamente.

En cuanto a la especialidad, dichos defensores deberán “tener estudios en grado de especialización o maestría en derecho disciplinario, penal o procesal” con experiencia que puedan acreditar y conocimiento en asuntos de derechos humanos.

El artículo tercero señala que los defensores deberán tener “independencia, sin ninguna clase de restricción, influencia o presión”.