El proyecto con el que se trata de definir un nuevo Código de Policía tiene sus horas contadas o mejor tiene una lucha contra el reloj. La ponencia para el último debate debe ser radicada hoy para ser discutido y votado en la plenaria de la Cámara.
Este diario conoció que desde el pasado viernes en la noche les llegó la ponencia definitiva a los congresistas para que la estudiaran y tomen la decisión de votarla en las próximas horas, teniendo en cuenta que hay plazo hasta el 20 de junio. El representante conservador Telésforo Pedraza manifestó que esta normatividad es una necesidad porque en la actualidad se está trabajando con conductas y sanciones de hace 30 o 40 años.
“Creo que se ha hecho un buen trabajo, entre otras porque en la Comisión de ponentes han estado representados todos los sectores políticos y adicionalmente han estado participando activamente la Policía Nacional y el Ministerio de Minas, el Ministerio del Medio Ambiente, en fin, han habido muchos actores”, sostuvo el parlamentario.
A su vez, el segundo vicepresidente de la Cámara, Pierre García, expresó que se tiene presupuestado que durante toda esta semana se debata y se discuta la normatividad, “será un debate complicado, empezaran las proposiciones de los diferentes congresistas y es cierto que el tiempo apremia y nos vamos a ver un poco apretados”.
Entre tanto, el presidente de la Cámara, Alfredo Deluque, anotó que “estamos esperando que presenten la ponencia para anunciarla y darle el trámite”. Pero lo que se conoció es que hoy se anunciará.
Derechos fundamentales
Según la ponencia, constituye un tema central dentro de la aprobación de la presente iniciativa legislativa revisar el marco constitucional para el ingreso con orden y sin orden escrita de la Policía Nacional en situaciones excepcionales y contempladas por la ley.
En el primer debate en la Comisión Primera del Senado, sobre la iniciativa legislativa fue aprobado un artículo relacionado con el ingreso a inmuebles sin orden escrita que se incluye en el articulado como un medio material de Policía y que como se explicó anteriormente, hace parte de los instrumentos legales de suma importancia para las autoridades competentes con el fin de dar cumplimiento efectivo de la función y actividad de Policía.
Se deja en claro que la jurisprudencia constitucional ha establecido excepciones a la reserva judicial establecida para ingresar al domicilio de una persona, dando paso con esta interpretación al desarrollo de objetivos constitucionalmente válidos, definiendo el derecho de disposición que ostenta el titular del domicilio y el deber de solidaridad de la ciudadanía frente a situaciones que amenazan o ponen en riesgo derechos de carácter fundamental como pueden ser la vida y la integridad de las personas.
Actividades de Policía
En el contenido del proyecto, se establece que todo procedimiento policivo podrá ser grabado mediante cualquier medio de las tecnologías de información y comunicación, por lo que le está prohibido a cualquier persona, salvo las restricciones expresas de ley, impedir que sean realizadas dichas grabaciones.
La autoridad de Policía que impida la grabación de que trata este artículo sin la justificación legal correspondiente, incurrirá en causal de mala conducta.
Asimismo, el Código de Policía que se debate, expresa que se prohíbe consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas en el espacio público o lugares abiertos al público ubicados dentro del área circundante a la institución o centro educativo de conformidad con el perímetro establecido en el artículo 80 de la presente ley, salvo autorización expresa, por la autoridad administrativa en el respectivo municipio o distrito.
Esta normatividad que ha sido polémica durante el trámite del proyecto quedaría así:“la Policía podrá penetrar en los domicilios, sin mandamiento escrito, cuando fuere de imperiosa necesidad: para socorrer a alguien que de alguna manera pida auxilio; para extinguir incendio o evitar su propagación o remediar inundación o conjurar cualquier otra situación similar de peligro; para dar caza a animal rabioso o feroz; para proteger los bienes de personas ausentes, cuando se descubra que un extraño ha penetrado violentamente o por cualquier otro medio al domicilio de estas personas; cuando desde el interior de una casa o edificio se proceda por la vía de hecho contra persona o propiedad que se halle fuera de éstos; para proteger la vida e integridad de las personas, si en el interior del inmueble o domicilio se están manipulando o usando juegos pirotécnicos, fuegos artificiales, pólvora o globos sin el debido cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.
Seguridad de las personas
Para el segundo debate del proyecto de ley, en la plenaria del Senado se retomó el articulado sobre los comportamientos que afectan la seguridad de las personas y sus bienes relacionados con tarjetas sim card y equipos terminales móviles previstos en el texto del proyecto que fue sometido a debate en la Comisión Primera del Senado. Es necesario que existan disposiciones que permitan a las autoridades de Policía controlar la compra, alquiler, uso, comercialización y venta de tarjetas sim card y equipos terminales móviles.
Otras normatividades
Se faculta a la Policía Nacional para trasladar cuando estén afectando los derechos de los demás ciudadanos, a los centros de refugio temporal. Esto se hará con el fin de dar atención integral a estos ciudadanos.
Maltrato animal
Queda prohibido usar animales vivos para entrenamiento o para probar o incrementar la agresividad o la pericia de otros animales.
Estimular o entumecer a un animal con medios químicos, físicos o quirúrgicos para fines competitivos, de exhibición o utilización en espectáculo público o privado y en general, aplicarles drogas sin perseguir fines terapéuticos.
Utilizar animales vivos o muertos en la elaboración de escenas cinematográficas, audiovisuales o Internet, destinada a la exhibición pública o privada, en las que se cause daño o muerte a un animal, con procedimientos crueles o susceptibles de promover la crueldad contra los mismos.