“No es cierto que la justicia transicional genere impunidad ni es una justicia amañada, como se viene especulando en los últimos días”, manifestó ayer en Montería el viceministro de Promoción de la Justicia, Miguel Samper.
El funcionario agregó que, al contrario, "la justicia transicional es una justicia que se aplica para la consecución de la paz, que balancea los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, es decir, es una justicia normal para situaciones anormales".
Samper anunció que el Ministerio de Justicia y del Derecho, en conjunto con otras entidades del Ejecutivo y el Judicial, plantearon propuestas al proyecto de reforma a la Ley de Justicia y Paz que, en términos generales, busca brindarle coherencia a la norma 975 de 2005 dentro del modelo de Justicia Transicional de Colombia.
“En 2005, cuando fue aprobada esta ley, no se contaban con otros instrumentos mucho más expeditos para conseguir la reparación de las víctimas como lo es la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Por ello lo que se pretende con esta propuesta es que toda la restitución de bienes de aquí en adelante sea tramitada a través del procedimiento pronto y expedito que contempla la Ley 1448 de 2011”, es decir, de la Ley de Víctimas, explicó Samper.
El Viceministro aseveró que, de aprobarse esta reforma, sólo se seguirían tramitando a través de la Ley 975 de 2005 los procesos de restitución de aquellos bienes que tuviesen medida cautelar decretada por un magistrado de Justicia y Paz.
“Según las estimaciones oficiales de la Fiscalía General de la Nación, los bienes que a la fecha tienen decretada medida cautelar son 469, que continuarían su proceso por Justicia y Paz. Mientras que los 2.635 que aún no tienen medida cautelar, pero que sí tienen solicitud de restitución en Justicia y Paz pasarían al procedimiento especial de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras”, aclaró.