La reforma a la Justicia Penal Militar será discutida hoy en la Comisión Primera de la Cámara.
En esta iniciativa se prevé que la ley penal militar o policial se aplique tanto a uniformados como a civiles no uniformados, cuando estos desempeñen cargos en la justicia penal militar o policial.
El proyecto de ley establece las reglas de la Fiscalía General Penal Militar y Policial, su estructura, funciones y competencia encargada del ejercicio de la acción penal y de la investigación de los delitos de competencia de esta jurisdicción. Su misión fundamental es la búsqueda de la verdad material sobre la ocurrencia de unos hechos delictivos, la consecución de la justicia dentro del pleno respeto por la dignidad humana y los derechos fundamentales del procesado, la protección y reparación integral de los perjuicios ocasionados a las víctimas, la adopción de medidas efectivas para la conservación de la prueba y la posibilidad dentro del marco estricto de la ley, de acudir a mecanismos que flexibilicen la actuación procesal.
De la misma manera establece las condiciones para desarrollar la independencia y la autonomía de la Justicia Penal Militar o Policial, dentro de las cuales es muy importante resaltar que se prevé la independencia de los funcionarios de la justicia respecto del mando institucional de la Fuerza Pública.