Gabriel Sonny Cubillos
Periodista de EL NEUVO SIGLO
A la espera de aclarar con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público una diferencia presupuestal que se presentó en lo que tiene que ver con el programa de descongestión se encuentra la Rama Judicial. Por el momento, la continuidad de las medidas en este sentido están garantizadas hasta el próximo 30 de septiembre e igualmente en un alto porcentaje podrían ir hasta diciembre próximo.
Esta semana los presidentes del Consejo Superior de la Judicatura y de la Sala Administrativa de esta misma Corporación, de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado informaron en un comunicado que “luego de un trabajo conjunto y comprometido, en aras de garantizar los programas de descongestión de la Rama Judicial y por ende el eficiente funcionamiento de la misma, lograron la continuidad de las medidas de descongestión hasta el 30 de septiembre de 2013 e igualmente, en un alto porcentaje, la prolongación de las mismas hasta el mes de diciembre del presente año”.
La Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece que las medidas de descongestión de la Rama Judicial deben ir hasta que llegue a cero el inventario del sistema escritural de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.
En este sentido señala que dentro del año siguiente contado a partir de la promulgación de la Ley, el Consejo Superior de la Judicatura con la participación del Consejo de Estado, preparará y adoptará, entre otras medidas transitorias, un plan especial de descongestión de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, cuyo objetivo es el de llevar hasta su terminación todos los procesos judiciales promovidos antes de la entrada en vigencia de la presente Ley y que se encuentren acumulados en los juzgados y tribunales administrativos y en el Consejo de Estado.
El Plan Especial de Descongestión se ejecuta en el grupo de despachos judiciales seleccionados para el efecto, de acuerdo con los volúmenes de negocios a evacuar y funcionará en forma paralela a los despachos designados para asumir las nuevas competencias y procedimientos establecidos en la Ley 1437 del año 2011.
Al momento de entrar en vigor el plan de descongestión a mediados del año anterior, el número de procesos represados en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo era de aproximadamente 184.000, más los que estaban en el Consejo de Estado, que eran más o menos unos 25.000 procesos.
Pendiente de aclarar
El año anterior cuando se negoció el ajuste salarial para los empleados de la Jurisdicción Contenciosa, la Rama cedió $100 mil millones, los cuales salieron del presupuesto que se tiene previsto para el Plan de Descongestión y no del presupuesto general.
Sin embargo, fuentes consultadas por EL NUEVO SIGLO consideran que la ley es clara en establecer que los recursos para el plan de descongestión de la Jurisdicción Contencioso Administrativo son solo para ese fin.
En consecuencia está pendiente que el Ministerio de Hacienda y la Rama Judicial logren arbitrar esos recursos para que dicho Plan cuente con el músculo financiero que garantice su feliz culminación.
En cuanto a los avances en el Plan de Descongestión, este Diario conoció que los resultados son satisfactorios hasta el momento, al punto que en el caso de la Jurisdicción Contencioso Administrativo el atraso podría llegar a cero en el sistema escritural, incluso, antes del plazo estimado en el año 2016.
El plan de descongestión de procesos en el contencioso administrativo también prevé que a los tribunales y los juzgados se les repartan funciones especializando el trabajo; igualmente más tecnología en el manejo de los procesos en aspectos como las notificaciones.