AUNQUE el calificativo “histórico” tiende a ser usado con ligereza, la decisión de reconocer el acceso a un medio ambiente limpio, sano y sostenible como un derecho humano universal, tomada por la Asamblea General de las Naciones Unidas fue, en efecto histórica, tanto por su carga política como simbólica y porque no hubo un solo país que se pronunciara en contra.
El pasado jueves, este organismo multilateral votó este derecho que, paradójicamente, no estaba incluido en su carta fundamental. Sin ningún voto en contra, ocho abstenciones y 161 a favor, el pleno de la Asamblea emitió tal resolución que, vale aclarar, no es vinculante.
¿Por qué es un hecho tan importante? Por dos razones básicas: la primera, que los ciudadanos podrían exigir a sus respectivos gobiernos adoptar tal derecho y, segunda, porque aquellos Estados que están rezagados en sus legislaciones con relación al medio ambiente, encontrarían en tal llamado internacional una base para hacerlo.
Así lo indicó a EL NUEVO SIGLO, Lina Muñoz Ávila, directora de la Maestría y Especialización en Derecho Ambiental de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, quien al mismo tiempo resaltó que la abstención de países como Rusia y China significan en sí mismo una victoria.
EL NUEVO SIGLO: La Asamblea General de la ONU declaró el acceso a un medio ambiente limpio y saludable como un derecho humano universal. ¿Esto qué significa?
LINA MUÑOZ ÁVILA: Esto significa que por primera vez en la historia de la Organización de las Naciones Unidas hay un consenso universal que involucra a la mayoría de los países que son miembros de la ONU, sobre la necesidad de reconocer un ambiente limpio, sano y sostenible como un derecho humano. Esto quiere decir que no es solamente es visto como una condición optativa o facultativa de los Estados, sino como un compromiso de carácter nacional que tienen que asumir cada uno de ellos.
ENS: Se adoptó fue una resolución y por tanto no es vinculante. ¿Cómo puede incidir si es algo así como un acto de buena voluntad?
LMA: En efecto las resoluciones no tienen un carácter vinculante, pero es histórico en la medida en la que por primera vez en una votación global se logra ese consenso. Yo creo que lo que pasó esta semana hay que verlo desde dos perspectivas: la primera de ellas es que hay un camino sobre el cual muchos países del mundo ya han avanzado desde hace más de 30 años y es que internamente en sus constituciones y legislaciones reconocen que el ambiente sano efectivamente es un derecho humano.
Pero por otro lado este también es un reconocimiento que no se había logrado a nivel universal, es decir que no se había planteado como un escenario común y como una plataforma global de acción porque los Estados no habían llegado a ese nivel de consenso. Entonces pese a que no tiene un carácter vinculante, sí tiene un efecto simbólico y político muy importante que hará que todos aquellos países que aún no transitan en la ruta de este reconocimiento se animen a hacerlo.
ENS: ¿Qué un país como China se abstenga de votar, no le quita peso a esta decisión internacional?
LMA: Yo creo que hay que ver el vaso medio lleno y no medio vacío. Sin lugar a dudas China es un jugador estratégico a nivel global, pero también es un mensaje muy poderoso de los otros 161 países que están diciéndole al mundo: “necesitamos responder a la crisis ambiental que está viviendo el planeta”.
A pesar de que China y otras grandes economías no votaron a favor, por lo menos hay que considerar que no lo hicieron en contra -cuando podrían haberlo hecho- y que se abstuvieron. La abstención es una salida diplomática que nos está mostrando que al interior de esos países las miradas tampoco son en blanco y negro: al interior de los mismos puede haber ciertos actores o instituciones que son conscientes de la crisis y que están realizando acciones para aportar en la protección del planeta. Entonces no hay que verlo todo como un bloque contaminante que está en contra. Esta abstención nos puede llevar a pensar que posiblemente en el futuro podrían cambiar de decisión.
Adicionalmente, China ha tenido una tradición ambiental muy cuestionada porque no ha tenido un compromiso internacional robusto en el tema, entonces no sorprende su postura, pero también hay que revisar que otros países que se abstuvieron de votar tienen una reputación de no estar comprometidos con la protección de los derechos humanos, en general.
Es que este no es un tema puramente ambiental: es un tema de derecho internacional de los derechos humanos y hay países tímidos y temerosos de comprometerse con este tipo de acciones en el escenario internacional por miedo a que en un futuro les vayan a cobrar judicialmente algún tipo de responsabilidad. Y es porque no son países cumplidores de derechos humanos. Eso es algo que estamos viendo en este momento con Rusia.
ENS: ¿Qué “herramienta”, por así decirlo, da esta decisión al derecho ambiental para que eventualmente pueda haber alguna acción vinculante?
LMA: Lo que pasó el jueves fue un logro histórico para el derecho ambiental, pero también lo fue para el derecho que se ha encargado de avanzar en el reconocimiento de los derechos humanos, es decir, el derecho internacional de los derechos humanos. Porque lo que pasó esta semana nos mostró que no es posible proteger al planeta si no protegemos los derechos humanos y viceversa.
Lo que pasó esta semana nos demuestra que hay una conexión muy íntima entre la protección de la tierra y la supervivencia de la raza humana y a la inversa; que no podemos desligar una cosa de la otra. Tener este reconocimiento a nivel global significa que aquellos Estados que han estado más rezagados pueden inspirarse en este llamado para poder crear el derecho a un ambiente sano en sus constituciones y en sus legislaciones, y que aquellos países que ya lo tienen reconocido desde hace varios años, como Colombia, puedan trabajar en que ésta sea una realidad, dejando de estar solo en el papel.
Y para los ciudadanos es muy importante saber que, al tener ese derecho reconocido expresamente como tal, les permitirá reclamar y exigir a los diferentes actores nacionales por su protección. Cuando los derechos no están protegidos no podemos exigirlos, pero cuando están en las normas, en la Constitución y en las leyes nacionales, nosotros los ciudadanos tenemos acciones judiciales que nos permiten ir ante los jueces para que sean escuchadas nuestras solicitudes y se exija a los gobiernos calidad del aire, protección del agua, protección de los páramos, de la biodiversidad, porque todo eso hace parte del derecho al ambiente sano.
ENS: ¿Esto no podría frenar grandes proyectos por ejemplo de infraestructura?
LMA: Yo creo que no y que ahí tenemos que invitar a la audiencia a entender que no tenemos que escoger entre protección ambiental y desarrollo. Tenemos que entender que son dos cosas que necesitamos, que tienen que pasar de manera simultánea y concurrente y que los proyectos de desarrollo hoy, en pleno siglo XXI, con la crisis climática que vivimos, no pueden ir en contra de la protección ambiental.
Lo que tenemos que pensar es que cada vez que hagamos una hidroeléctrica, una vía, o un aeropuerto, estos tienen que garantizar e incluir todas las convenciones y consideraciones ambientales necesarias para no destruir a la naturaleza. Hay que salir de la idea antigua y medieval de “desarrollo o protección ambiental” y conciliar estos dos intereses.
ENS: Para países como Colombia, ¿esto en qué puede incidir?
LMA: Esta decisión invita a Colombia a revisar la implementación de sus normas. El país ha sido reconocido internacionalmente por ser un Estado que tiene una legislación ambiental bien estructurada y contundente desde la Constitución de 1991. Pero también es ampliamente conocida por tener bastantes dificultades en la implementación. Creo que es momento, para que pensemos en algunos de los principales retos que tenemos ambientalmente hablando, como la deforestación, no seguir adelante con los pilotos de fracking y no haber ratificado todavía el acuerdo de Escazú. Esto haría parte de la materialización del derecho a un ambiente sano que está consagrado en el Artículo 79 de nuestra Constitución.