El segurode riesgos profesionales o laborales es obligatorio para todos los empleadores. Su objetivo es proteger a los trabajadores, procurando prevenir los accidentes laborales y las enfermedades profesionales e indemnizarlos cuando éstos ocurren.
Sobre esta situación, Fasecolda asegura que la norma vigente dispone que la cotización al Sistema General de Riesgos Profesionales se distribuye en 94% para la cobertura de las contingencias derivadas de los riesgos profesionales, constitución de reservas y administración del sistema; 5% para el desarrollo de programas de prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y 1% para el Fondo de Riesgos Profesionales.
Sin embargo hay inquietud por una iniciativa que cursa en el Congreso y según la cual “se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional” propone elevar de 1% a 3% del total de la cotización la destinación para el Fondo de Riesgos Laborales” y, según se indica en la ponencia radicada para cuarto debate, ampliar sus funciones para “otorgar un incentivo económico a la prima de un seguro de riesgos laborales como incentivo al ahorro del que trata el artículo 87 de la Ley 1328 de 2009”, dirigido principalmente a trabajadores independientes informales.
El gremio asegurador sostiene que “si bien la ampliación de funciones a cargo del Fondo es loable, no es adecuado que el financiamiento de subsidios a la cotización de los independientes informales se realice con cargo a los aportes de las empresas para cubrir el seguro de riesgos laborales de sus empleados, que son los trabajadores formales”.
Indica Fasecolda que “estos apoyos, en principio, deberían ser cubiertos con recursos fiscales mediante aportes del presupuesto nacional. La carga de 3% impuesta sobre las primas recibidas por las Administradoras de Riesgos Profesionales puede resultar excesiva y poner en entredicho la sostenibilidad financiera del Sistema de Riesgos Profesionales que la nueva ley se compromete preservar”.
El presidente de Fasecolda Roberto Junguito dice en un análisis que “al respecto hay que señalar no sólo que el nuevo proyecto de ley impone obligaciones adicionales a las Administradoras de Riesgos Laborales, sino que las aseguradoras registrarán mayores gastos y provisiones por el ajuste en las tablas de mortalidad establecidos por regulaciones recientes, así como por la implementación del proyecto gubernamental de afiliación única electrónica, y el impacto en los balances de las Administradoras con el fortalecimiento de las reservas técnicas exigido en el reciente proyecto de decreto publicado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público”.