Martes, 20 de Marzo de 2012
Tras la acción de tutela interpuesta por el grupo Nule, el juzgado 40 de conocimiento resolvió que el Inpec debe garantizar el derecho a la vida y a la alimentación de los empresarios.
“En esa medida este juzgado concluye que el Inpec ha vulnerado el debido proceso de los accionantes Manuel, Miguel y Guido Nule y por lo tanto se le ordena que dentro del término de los diez días siguientes a la notificación de esta providencia proceda a tramitar y resolver la petición de autosuministro de alimentos de los accionantes”.