Ángela Inés Vallejo y Alejandra Coronado, madre e hija, asesinadas a tiros el pasado miércoles en su casa de Fredonia (Antioquia), mientras veían televisión, son las más recientes víctimas de la violencia contra la mujer que hasta junio de 2013 había dejado 514 víctimas.
Por casos como este y el de Rosa Elvira Cely, torturada, violada y asesinada en Bogotá en mayo de 2012 en el Parque Nacional de Bogotá, la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso volvió a presentar el proyecto de ley 49 de 2012 de Senado, que pretende tipificar el feminicidio como delito autónomo.
El articulado, que define esta conducta como “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, ya sea en ámbito público o privado, conformada por un conjunto de conductas que conllevan a la muerte violenta contra las mujeres”, contempla penas entre 33 y 50 años de cárcel.
Del mismo modo, integra el agravamiento de la pena entre la tercera parte y la mitad cuando la víctima sea menor de 18 años o se encuentre en estado de embarazo.
También excluye de los beneficios de detención domiciliaria, la prescripción penal, ni subrogados penales.
Protección especial
Las congresistas integrantes de la Comisión manifestaron la importancia de la aprobación de la norma.
“Buscamos un cambio dentro de la figura jurídica para que se entienda que la mujer requiere de un trato especial”, sostuvo la senadora Alexandra Moreno, del Mira.
A su turno, la autora del articulado, la senadora del Polo Democrático, Gloria Inés Ramírez, señaló que la Comisión de descansarán para sacar adelante la iniciativa.
“No descansaremos hasta que cuando sea ley de la República, porque no podemos permitir que éstos asesinatos se sigan dando sin que se les aplique el castigo que merecen los asesinos de las mujeres”, puntualizó la Parlamentaria.
La iniciativa que había sido presentada en la legislatura pasada había sido archivada por falta de trámite.
Penas entre 33 y 50 años
El Artículo 2 define como violencia feminicida “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, ya sea en ámbito público o privado, conformada por un conjunto de conductas que conllevan a la muerte violenta contra las mujeres”.
Según el Artículo 134E, Quien incurra en estas conductas “tendrá una pena de prisión de cuatrocientos (400) 33 años, a seiscientos (600) meses, 50 años de cárcel.
Por el crimen de Rosa Elvira Cely, Javier Velasco fue condenado a 48 años de cárcel, adicionalmente un juez lo condenó a 34 años de prisión por la violación de sus dos hijas entre el 2005 y el 2007, cuando apenas tenían 11 y 3 años.
Agravante
Como agravante, el Artículo 3 establece que el Código Penal tendrá un Artículo 134F del siguiente tenor “la pena prevista en el artículo anterior se aumentará en una tercera parte (1/3) en el mínimo y la mitad (1/2) en el máximo, en los siguientes casos:
a. Cuando el agente tenga la condición de servidor público, sea o haya sido miembro de las fuerzas armadas o de organismos de seguridad e inteligencia del Estado.
b. Cuando la conducta se cometiere en menor de dieciocho (18) años, persona mayor de sesenta (60), o mujer en estado de embarazo.
c. Cuando la conducta se cometiere con el concurso de otra u otras personas, entre otras.
Sin casa por cárcel
El proyecto, en el Parágrafo 1º excluye de los beneficios de detención domiciliaria y no prescribe la acción penal.
1. Procederá siempre medida de aseguramiento consistente en detención en establecimiento carcelario y, por consiguiente, no les serán aplicables las medidas no privativas de la libertad contempladas en el Artículo 307, lit. b) y en el Artículo 315 de la Ley 906 de 2004.
2. No se les otorgará el beneficio de sustitución de la detención preventiva en establecimiento carcelario, por el de detención en el lugar de residencia previsto en el Artículo 314 de la Ley 906 de 2004.
3. No procederá la extinción de la acción penal en aplicación del principio de oportunidad en los casos de reparación integral de perjuicios previsto en el Artículo 324 de la Ley 906 de 2004.
4. No procederán los subrogados penales o mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad ni la suspensión condicional de la ejecución de la pena ni la libertad condicional, previstos en los Artículos 63 y 64 de la Ley 599 de 2000.
Estadísticas
Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en los primeros seis meses del año han asesinado 514 mujeres en el país. Los departamentos donde más feminicidios se han presentado sonValle del Cauca, con 144; Antioquia con 68; Bogotá, con 56 y Atlántico con 24 casos.
El informe presenta además que el mayor número de víctimas están en el rango de edad comprendido entre los 30 a 34 años, seguido por los de 25 a 29 y de 20 a 24.