Por hechos relacionados con los contratos y convenios interadministrativos suscritos con la empresa industrial y comercial del Estado Banco Inmobiliario Gestora Urbana de Ibagué, la Procuraduría, en decisión de primera instancia, destituyó e inhabilitó por 15 años a Jesús María Botero Gutiérrez y a Martha Mirella Peña Torres, en sus condiciones de alcalde de Ibagué (Tolima) y secretaria de Apoyo a la Gestión y Asuntos de la Juventud y delegada del acalde, respectivamente.
Dentro de la determinación disciplinaria también se sancionó con destitución e inhabilidad por 12 años para ejercer cargos públicos a Jaime Orlando Vélez Osorio y Alfonso Carrero López, en sus calidades de secretario de Infraestructura y gerente del Banco Inmobiliario - Gestora Urbana- Empresa industrial y Comercial del Estado de la ciudad de Ibagué.
Para el Ministerio Público, el mandatario de los ibaguereños no ejerció el debido control y supervisión respecto de las funciones que delegó a la secretaria de apoyo correspondientes a la celebración de contratos y convenios interadministrativos, y en consecuencia permitió que esta funcionaria suscribiera de manera directa 13 convenios con el Banco Inmobiliario –Gestora Urbana de Ibagué- , eludiendo el trámite de selección objetiva que correspondía.
En ese sentido señaló que en este caso no se dieron los presupuestos de la contratación directa porque las actividades contratadas no estaban contempladas en el objeto social del Banco Inmobiliario - Gestora Urbana y si bien es cierto “la norma permite subcontratar algunas de las actividades derivadas del objeto principal, la contratista subcontrató con terceras personas la totalidad de los objetos convenidos (…) lo que conllevó no sólo a la elusión del proceso licitatorio o de selección abreviada, sino la privación a los particulares de la posibilidad de participar en el proceso contractual”.