¿Reformar Ley de Garantías Electorales? | El Nuevo Siglo
Miércoles, 13 de Febrero de 2019
  • Ejecutivo y Congreso, a definir su pertinencia
  • Gobernadores y alcaldes empujan la iniciativa

 

 

A mediados de marzo el Congreso debe comenzar sus sesiones ordinarias y hay una gran cantidad de proyectos de ley y de acto legislativo esperando ser tramitados de forma prioritaria. Si bien el Gobierno adelantó en los últimos días una serie de reuniones con las principales bancadas parlamentarias con el fin de definir la agenda legislativa, a decir verdad dichos encuentros no resultaron como se esperaba y la queja generalizada de la mayoría de los partidos que asistieron a la cita en la Casa de Nariño es que el Ejecutivo sólo se interesa en sus iniciativas -empezando por el Plan Nacional de Desarrollo que se discute ahora en sesiones extraordinarias- pero poca atención y apoyo les presta a las de las colectividades con representación en Senado y Cámara.

Así las cosas, no es muy claro el panorama para el arranque del segundo tramo de esta primera legislatura, a partir del 16 de marzo, más aún porque se vislumbra, además de un pulso político de mayor intensidad entre las coaliciones oficialista, independiente y de oposición, una competencia entre las iniciativas más importantes frente a las más urgentes. Dentro de las primeras, por ejemplo, el listado es encabezado por la reforma política así como por el paquete de proyectos anticorrupción. Y, en relación con las segundas, hay asuntos que requieren la mayor rapidez de las comisiones y plenarias respectivas, como es el caso del proyecto que reforma la Ley de Garantías Electorales. Esta norma, como se sabe, establece prohibiciones a los gobiernos nacional, departamentales y municipales así como a las entidades de esos niveles administrativos para, por ejemplo, contratar, inaugurar obras o modificar las plantas de personal durante los cuatro meses antes de una citas en las urnas.

Esta ley,  vigente desde 2005, nació como reacción a que un año antes se había aprobado la reforma constitucional que abrió paso en Colombia a la posibilidad de reelección presidencial inmediata. Se consideró entonces que para evitar que el Presidente-candidato utilizara en beneficio propio su poder presupuestal, administrativo y burocrático era necesario establecer una serie de limitaciones contractuales y de movimiento de nómina, de forma tal que se garantizara un equilibrio en la campaña proselitista.

Aunque la Ley 996 de 2005 nació -como se dijo- en  reacción al arranque de la reelección presidencial, sus efectos se extendieron a los gobernadores, alcaldes y demás entidades del orden regional y local. Y desde ese mismo momento no pocos mandatarios departamentales y municipales empezaron a advertir que la suma de los lapsos de restricción por cuenta de los comicios regionales, parlamentarios y de Jefe de Estado alcanzaba casi un año en cada periodo cuatrienal, además de afectar de forma sustancial los planes de ejecución presupuestal y la gestión gubernamental en general.

Eliminada desde el acto legislativo de 2015 la reelección presidencial, se ha venido urgiendo desde entonces una reforma a la Ley de Garantías Electorales. El gobierno Santos prometió avanzar en ese sentido pero no lo concretó y al asumir el presidente Iván Duque, en agosto del año pasado, su partido, el Centro Democrático, presentó tiempo después la respectiva iniciativa, pero terminó el primer tramo de legislatura apenas con ponencia positiva para arrancar debate en la Comisión I del Senado.

Como en octubre de este año serán los comicios regionales y locales, entonces la Ley de Garantías empezará a regir a finales de junio. De allí la urgencia de tramitar rápidamente esta reforma para que pueda ser aprobada en tiempo récord y sancionada por el Presidente de la República antes de que comience a correr ese plazo de los cuatro meses.

Es necesario hacer claridad que este proyecto no elimina las restricciones en materia de movimientos de nómina, inauguraciones de obras, participación en política de funcionarios públicos y otras prohibiciones que se consideran obligatorias para garantizar la transparencia electoral en departamentos y municipios. Solo se limita a levantar la prohibición que tienen los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal de celebrar, durante la antesala a la cita en las urnas, convenios interadministrativos con entidades del orden nacional. Estos convenios se han convertido en un elemento clave de la gestión regional y local, por lo que prohibirlos a partir de junio prácticamente dejaría a los mandatarios salientes sin margen de acción para ejecutar presupuestos y finiquitar obras y programas en el remate de sus periodos.

Las respectivas federaciones de gobernadores y alcaldes han urgido al Gobierno y el Congreso a que se comprometan a sacar avante esta reforma de forma expedita. Aunque no hay acuerdo alguno de las bancadas al respecto, convendría que se revisara el tema y definiera si es pertinente tal modificación. En caso de una respuesta afirmativa, había que poner manos a la obra desde el mismo 16 de marzo.