A pesar de que el nuevo Código de Policía que entró en vigor el pasado 30 de enero previó seis meses de plazo para que de la fase pedagógica se pasara a la aplicación de las sanciones económicas a partir del pasado martes, esto no se ha podido cumplir en varios municipios porque las alcaldías no han entregado las comparenderas a la Policía.
En este sentido una de las situaciones más dicientes sobre este problema se registra en el departamento del Magdalena, en donde 12 de sus municipios no han podido aplicar las sanciones previstas en el Código de Policía porque a los uniformados no les han entregado las comparenderas.
Mientras que en la capital Santa Marta desde el pasado martes las autoridades están aplicando las sanciones previstas en la norma, no ocurre lo mismo en Ciénaga, Puebloviejo, Sitionuevo y Fundación.
El comandante de Policía del Magdalena, coronel Reynaldo Rojas Suárez, dijo que 12 alcaldías del departamento no han mandado hacer los comparendos con los cuales sus efectivos deberían aplicar el nuevo Código de Policía.
Esta situación también se registra en Risaralda en donde según el secretario de Gobierno departamental, Julio César Londoño, no es fácil para municipios de tercera, cuarta y quinta categoría la operación de este Código, pues además de no contar con la comparenderas para que la Policía imponga las respectivas sanciones, falta la construcción de los 'cosos' municipales para la atención de los animales y de los espacios para atención de personas en condición de calle.
"Los talonarios son una dificultad que nos inquieta cómo resolverla, pero más allá de eso hay otras responsabilidades de los municipios para las que no hay recursos. Este cumplimiento ya es difícil para los municipios de primera categoría", dijo el Secretario de Gobierno departamental.
En el caso del municipio de Ipiales, Nariño, tampoco se contaba con las comparenderas a pocos días de que entrara en vigor la aplicación de sanciones previstas en el Código de Policía. Sin embargo se pudo solventar el inconveniente justo a tiempo, pues se le encargó su impresión al departamento de publicaciones de la Gobernación.
No obstante, el secretario de Gobierno de Ipiales, Jorge Montenegro Mier, dijo que el municipio todavía no cuenta con un centro transitorio de retención como lo dispone el Código de Policía y de Convivencia, el cual debe adecuar en un lapso no superior a 2 meses.
Las sanciones
El nuevo Código de Policía y de Convivencia de 243 artículos tiene establecidas cuatro tipos de multas por contravenciones: Tipo 1 tiene un valor de $98.362; la Tipo 2, $196.724; la Tipo 3, $393.499; y la multa Tipo 4, $786.898.
Las multas de tipos 1 y 2 pueden conmutarse por otras medidas, como la participación del sancionado en programas comunitarios, jornadas de ornato o la participación en programas educativos determinados.
Estas acciones deben ejecutarse dentro de los 5 días hábiles posteriores a la orden de comparendo. Las multas de tipo 3 y 4 pueden generar un descuento del 50%, si los ciudadanos las cancelan en los 5 días hábiles siguientes a la imposición de la multa. Si a los 6 meses, desde la imposición de la multa, el ciudadano no ha cancelado, no podrá obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas, ser nombrado o ascendido en cargo público, ingresar a escuelas de formación de la Fuerza Pública, contratar con cualquier entidad del Estado, u obtener el registro mercantil en la Cámara de Comercio.
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