El conflicto armado en Colombia ha generado múltiples impactos en la sociedad, tanto en hombres como en mujeres, pero es indiscutible que los efectos entre unos y otros tienen ciertas diferencias.
Así lo señaló el Consejo de Estado en una sentencia en que además incluye un pronunciamiento sobre los niños y la mujer en el conflicto armado, en la cual condena a la Nación a pagar por concepto de perjuicios morales a favor de Liliana Esperanza Sánchez y de la menor Jessika Liliana Latorre Sánchez,quienes se encontraban viviendo en el Municipio de Barbacoas y presenciaron el combate en donde perdiera la vida su compañero y padre.
El alto Tribunal indicó que es diferenciadoel impacto de la violencia que experimentan las mujeres en razón de su género y que va ligado directamente a la vulnerabilidad a la que está expuesta la mujer en medio del conflicto y con posterioridad a éste, “como quiera que el mismo las obliga a asumir roles que antes no desempeñaban, imponiéndoseles cargas adicionales a las que normalmente asumían”, indica el fallo.
El carácter diferencial de la violencia viene dado no en razón del género como tal, sino en razón de las diferencias en la forma de afrontar la violencia para cada cual y en como las cargas que genera el conflicto sobre la mujer es mayor por cuanto en la mayoría de casos es la mujer quien se encarga de regenerar su tejido social, indica el Consejo de Estado.
El alto Tribunal también reconoce en el fallo un impacto diferencial de la violencia en el caso de los niños. Indica que se han convertido en víctimas silenciosas de la guerra. “Éstos se enfrentan a la vivencia de múltiples escenarios que degeneran en limitantes al desarrollo de su personalidad, en el mejor de los casos, y en otros, en efectos psicológicos difíciles de superar, debido no solo a los hechos que presencian, sino también al rompimiento de las estructuras familiares y de su entorno social”.