Para las 10 de la mañana del día fue citada la plenaria de la Cámara de Representantes con el fin de terminar de votar en octavo y último debate la reforma constitucional a la justicia.
La noche anterior la Corporación aprobó 20 de los 30 artículos con que cuenta esta iniciativa gubernamental que tiene como fin ser la hoja de ruta de la rama, además de combatir flagelos como la congestión judicial, que según cifras del Gobierno nacional llega a los 2 millones de procesos.
En líneas generales la plenaria de la Cámara aprobó el articulado que venía de la Comisión Primera de la Cámara, dando luz verde a la eliminación de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, que le dará paso a una Comisión de Aforados Constitucionales; así como del Consejo Superior de la Judicatura.
Igualmente la reforma a la justicia mantuvo las facultades excepcionales para que la Fiscalía General pueda adelantar capturas.
“La ley fijará los límites, delitos, eventos y circunstancias en que proceda la captura. En estos casos, el juez que cumpla la función de control de garantías lo realizará a más tardar dentro de las 36 horas siguientes”, indica el proyecto sobre el particular.
En materia de sanciones a parlamentarios se aprobó que los mismos perderán su investidura por faltas que cometan solo durante su ejercicio legislativo y no por violaciones previas a su elección.
Igualmente fue aprobada la nivelación salarial de los trabajadores de la rama judicial.
En la iniciativa quedó confirmado que de manera excepcional, tendrían funciones jurisdiccionales los abogados y notarios.
Según un artículo de la iniciativa, esa medida será regulada por la ley que reglamente el acto legislativo y fungirá sólo de manera transitoria.
Se contempla que las decisiones adoptadas por abogados y notarios serán apelables ante el superior funcional del juez que hubiese sido el competente en caso de haberse optado por esa vía judicial.
La ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a determinados empleados judiciales, salvo proferir decisiones que pongan fin a los procesos y practicar pruebas en asuntos que se tramiten a través de procedimientos orales y por audiencias. En los procesos penales operará el principio de la inmediación.
También se contempla que los particulares puedan ser investidos transitoriamente de funciones jurisdiccionales en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por la ley o por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley.
Entre los artículos pendientes de votar queda la ampliación de 8 a 12 años del periodo de los magistrados de las altas Cortes, punto hasta el momento polémico porque beneficia a los actuales juristas de los altos Tribunales.