El debate sobre las tutelas en el caso del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, fue aplazado para hoy por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, cuyos magistrados tienen previsto retomar la discusión a las 10 de la mañana.
Luego de que el magistrado Pedro Alonso Sanabria expusiera su ponencia que, según dijeron algunos medios de comunicación, sería adverso a las pretensiones expresadas por los accionantes, sus colegas consideraron que el proyecto de providencia debería tocar más de fondo el tema de los derechos políticos que se consideran vulnerados.
De acuerdo con esos mismos medios de comunicación, el documento preparado por el magistrado sustanciador expresa en sus 39 páginas que "esos derechos no tienen carácter absoluto y, por tanto, de ninguna manera su ejercicio puede impedir la existencia de procesos disciplinarios y la imposición de las sanciones que en derecho correspondan".
Si hoy la Sala Disciplinaria de la Judicatura vota la nueva ponencia, solo quedaría pendiente que el Consejo de Estado confirme el fallo de la semana pasada, suscribiendo dicha sentencia y procediendo a solucionar en la misma dirección las tutelas interpuestas por otros ciudadanos y que en primera instancia sí suspendieron los efectos de la destitución y frenaron un paso esencial que es la notificación al presidente sobre su destitución.
Como lo publicó EL NUEVO SIGLO la semana pasada, la Sala Plena del Consejo de Estado rechazó la ponencia del magistrado Guillermo Vargas acerca de la tutela interpuesta por el alcalde Petro.
De acuerdo con la presidenta del Consejo, María Claudia Rojas, la ponencia fue negada porque el tribunal consideró que Petro tiene un mecanismo diferente a la tutela para controvertir la decisión de la Procuraduría.
No obstante, la magistrada Rojas aclaró que el mandatario no tenía que abandonar por ahora el cargo porque lo cobija todavía una jurisprudencia radicada en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
"No podría decir que la tutela fue rechazada. Simplemente el proyecto fue negado, fue derrotado y hay que esperar la nueva ponencia del consejero a quien le correspondió", afirmó.
La magistrada agregó que "la tesis para haber negado este recurso es la existencia de otro medio de defensa judicial idóneo contenido en el Código Contencioso Administrativo, que además contempla las medidas cautelares de una forma mucho más amplia para el juez".
Es decir, según explicó la magistrada Rojas, a Petro le correspondía presentar una acción de nulidad a la sanción que le impuso la Procuraduría.
La ponencia que favorecía al mandatario distrital no logró convencer a los magistrados, quienes decidieron dar la razón al Tribunal Administrativo de Cundinamarca que ya la había negado al alcalde Petro y había dado la razón a la Procuraduría: que el Ministerio Público tiene facultad para investigar a los funcionarios elegidos por voto popular.