Habrían acuerdos con bancos previo a embargos | El Nuevo Siglo
Miércoles, 13 de Junio de 2012

El Congreso de la República aprobó, dentro de la reforma al Código de Procedimiento, un instrumento mediante el cual los ciudadanos podrán declarar un “punto final” a sus obligaciones financieras y resucitar de esta forma la ‘ley de insolvencia’.

 

“Se trata del ‘punto final’ o liquidación patrimonial. En caso de no lograrse un acuerdo de pago o que se haya incumplido el mismo, la persona podrá acogerse a esta figura. Eso sí, el deudor tendrá que poner disposición de sus acreedores la totalidad de su bienes. Si hace trampa, será considerado un crimen financiero, exponiéndose a penas de hasta 6 años de cárcel”, afirmó Simón Gaviria, promotor de la iniciativa.

 

De igual manera, se aclaró que éste ‘salvavidas’ no aplicará a deudas menores, como retrasos en el pago de cuentas celulares y que aplicará sólo a quienes demuestren voluntad de pago y estén a punto de perder más del 50% de sus activos.

 

Finalmente se anunció que las partes tendrán un plazo máximo de 90 días para lograr un acuerdo que de no lograrse abrirá la etapa de liquidación patrimonial.