Guerra frontal contra los murales ilegales | El Nuevo Siglo
Martes, 14 de Octubre de 2014

 

POR TODOSlos rincones de la ciudad los muros de las principales vías están invadidos de cualquier cantidad de mensajes en su mayoría sin permisos y por lo regular camuflan avisos publicitarios que los hacen pasar como murales artísticos.

Para frenar esta irregularidad, la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) aclaró que Bogotá cuenta con cuatro murales artísticos con anuncios publicitarios declarados como legales. Los demás, que en su mayoría son pintados en fachadas de casas abandonadas y cerramientos de construcciones son ilegales, razón por la cual la autoridad emprendió una guerra frontal pintando este año 1.824 murales en 18 localidades.

El costo de mantenimiento y pintura para quitar la publicidad de los murales es de $6.500 por cada metro cuadrado, es decir que la SDA ha invertido este año cerca de $18 millones  en pintura, mano de obra y herramientas para retirar esta publicidad.

Según la SDA, con la “pintada” de los murales ilegales en 2014, el Distrito ha logrado recuperar un área de 2.775 metros cuadrados.

Además de retirar la publicidad, la SDA “se encarga de abrirles procesos sancionatorios a los anunciantes de los productos, que según la normatividad les podría acarrear multas de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes”, apuntó Susana Muhamad, secretaria Distrital de Ambiente.

Ayer la SDA cubrió dos murales que tenían publicidad en la localidad de Chapinero, ambos por la carrera 7º: uno en la calle 67 y otro en una vivienda en la calle 69, que anunciaba el producto Calmidol.

Los 4 legales en la capital son: Entre Parques Constructores en la calle 90 con carrera 18; UNE-EPM Telecomunicaciones en la carrera 109 con calle 80A; Policía Nacional de Colombia en la calle 41 con carrera 14; y Conjunto Residencial Paulo VI -segundo sector en la carrera 57 bis con calle 57B.

Inicialmente, el Decreto 959 de 2000 permitía que los murales artísticos tuvieran un 10 por ciento de todo el mural para un anuncio publicitario.

Sin embargo, este artículo fue suspendido por el Juez 30 Administrativo, quien decidió que los murales no podrán incluir ningún tipo de publicidad ni evocar marca, producto o servicio alguno, sin contar con el registro de la SDA.

Para registrar un mural ante la SDA se debe diligenciar el formulario, remitir fotografía del lugar donde se ubicará el mural con el arte, y adjuntar certificado de tradición y libertad del inmueble con autorización del propietario.

La Secretaría de Ambiente evalúa el mural y decide si cumple o no para otorgar el registro.