De forma definitiva el Gobierno nacional cerró las puertas para que vía legislativa se puedan tramitar iniciativas que faciliten la permanencia política de los partidos minoritarios.
En derecho de petición respondido al Movimiento Mira, el ministro del Interior, Fernando Carrillo, descartó que el Gobierno vaya a presentar proyectos que mantengan la Personería Jurídica de los partidos que logren el 2 por ciento de las votaciones de 2014.
“La agenda legislativa del Gobierno Nacional, concertada con la Mesa de Unidad Nacional, no contempla la presentación de iniciativa legislativa o constitucional en los términos consultados”, asegura Carrillo.
De la misma manera el Ministro rechazó que el Ejecutivo piense presentar proyectos de ley dirigidos a convocar una asamblea nacional constituyente, un referendo o una consulta popular, que dé trámite a disposiciones sobre composición del Congreso, elecciones o partidos políticos.
Frente al riesgo que las actuales condiciones electorales conduzcan a la conformación de un sistema bipartidista en detrimento del pluralismo político, Carrillo consideró improbable esta posibilidad.
“No es posible anticipar el número de partidos que alcanzarán o mantendrán su Personería Jurídica en las próximas elecciones. No obstante, con base en los resultados de las elecciones de 2005 y 2010 y considerando el actual mapa político colombiano, es improbable que el umbral del 3 por ciento produzca un sistema político bipartidista o de tres partidos”, explicó el Representante del Gobierno.
No obstante, el Gobierno destacó que el aumento del umbral viene acompañado de otras normas “como la Ley 1475 de 2011, que apunta a promover la democracia interna y el pluralismo en los partidos políticos, garantizan la inclusión y la representación de los diferentes grupos que integran la sociedad colombiana”
Igualmente, el Ministerio recordó que “el artículo 4 de la Ley 649 de 2002 creo adicionalmente una circunscripción especial para garantizar la representación de las minorías políticas”.
También consideró importante “el artículo 108 de la Constitución política, establece que los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, también podrán inscribir candidatos a través de la recolección de firmas. Así se garantiza que la representación política no sea exclusiva de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica”.
Carrillo aseguró que el Ejecutivo “asegurará el cumplimiento del régimen constitucional y legal aplicable en materia de partidos y movimientos políticos y participación electoral, promoviendo el crecimiento de esta, sin que en forma alguna busque la desaparición de partidos o movimiento político alguno”.
Por último, el Ministro sostuvo que aunque en principio los partidos minoritarios en el Congreso no están en la posibilidad de presentar proyectos relacionados con el umbral, el conflicto de intereses deberá ser establecido en cada caso de acuerdo al artículo 182 de la Constitución.