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Hace una semana, la Cámara Colombiana de la Energía advirtió que los alumbrados públicos de las ciudades del país podrían apagarse, si no se tiene listo un decreto que desde el año pasado viene trabajando el Gobierno para buscar una nueva fuente de financiación para este servicio.
Así lo indicó el presidente ejecutivo del gremio, Andrés Taboada, quien dijo que el Plan de Desarrollo derogó el impuesto del alumbrado público que venía funcionando desde 1913 y con el cual los municipios recolectaban los recursos para pagarles a las empresas de energía por el servicio del alumbrado.
Dijo que “la idea es cambiar esta fuente de financiación por otra contribución, y en eso ha venido trabajando el Gobierno, pero hasta ahora no se ha hablado más del tema”.
Indicó que la ley del Plan de Desarrollo le da un año al Ministerio de Minas y Energía para reglamentar de nuevo el pago, este plazo vence el 9 de junio.
“Si para esa fecha no hay una nueva reglamentación los concejos municipales no podrán recaudar la contribución y quedará desfinanciada la prestación del servicio”, dijo.
Así mismo, sostuvo, no habrá recursos para el mantenimiento de los alumbrados públicos.
Explicó que “esto podría derivar en que las empresas de energía, con los mismos municipios, empiecen a dejar apagar el alumbrado público, con las consecuencias que en materia de seguridad pueda traer”.
Taboada señaló que espera que el Ministerio de Minas y Energía se pronuncie al respecto.
La responsabilidad es de los municipios
Tras esta advertencia EL NUEVO SIGLO consultó con el viceministro de Minas y Energía, Carlos Eraso, quien aclaró que la prestación del servicio de alumbrado público es una responsabilidad de cada municipio y por ende también son los responsables de su financiación.
“Para esto, los municipios pueden hacer uso de los recursos de un impuesto creado a inicios del siglo pasado”, sostuvo el funcionario.
El Viceministro explicó que “este impuesto no tiene una destinación específica y las normas vigentes no establecen pautas para la realización de su cobro. Esto ha llevado a que en algunos municipios se recauden recursos para cubrir gastos diferentes a los asociados al alumbrado público y a que el recaudo sólo se realice a unos pocos beneficiarios del servicio”.
Lo que se estipuló en el PND
Igualmente Eraso sostuvo que “el Plan Nacional de Desarrollo, aprobado el año pasado por el Congreso de la República, contempló un cambio en la naturaleza del tributo con el que se financia este servicio. También dispuso que se deberán adoptar reglas para determinar el costo eficiente del servicio y que se deberán adoptar pautas para que dicho costo se distribuya entre los diferentes beneficiarios”.
El funcionario agregó que el Gobierno nacional ha publicado dos versiones preliminares del decreto y se ha reunido en múltiples oportunidades con los representantes de las partes interesadas para que la norma definitiva dé respuesta a las necesidades de los interesados.
“El mencionado decreto se debe expedir antes de que se termine el mes de mayo. Allí se reglamentará la forma como se iniciará la transición de un impuesto a otro a partir del 9 de junio, razón por la cual no observamos que pueda haber traumatismos en la prestación del servicio de alumbrado público”, puntualizó el Viceministro de Minas
Por su parte, la superintendente se Servicios Públicos, Patricia Duque, también sostuvo a este diario que la responsabilidad de financiación del alumbrado público le compete a los municipios y agregó que por ahora no le ha llegado a la entidad ningún requerimiento de vigilancia y control.
Diferentes modalidades
Según Monsalve, el servicio de alumbrado público se ha catalogado como un servicio público, no domiciliario. Se presta, con el objeto de proporcionar exclusivamente, la iluminación de los bienes públicos y demás espacios de libre circulación, con tránsito vehicular o peatonal, dentro del perímetro urbano y rural del respectivo municipio o distrito, que es el responsable directo de velar y garantizar su prestación en condiciones óptimas. Actualmente, el servicio se viene suministrando bajo diferentes modalidades en el país. Por ejemplo, en el municipio de Medellín se viene prestando, a través de un operador, por medio de la celebración de convenios interadministrativos, lo cual ha reportado múltiples beneficios, tanto para el municipio, como para los destinatarios del mismo.
Sin embargo, la normatividad, que fundamenta la prestación del servicio de alumbrado público, es dispersa y reporta cierto grado de complejidad, no solo en cuanto a las autoridades competentes, para intervenir en las diferentes actividades que involucra la prestación de este servicio y su carácter de ser o no un servicio público domiciliario, sino también, en cuanto a la forma de financiación, implementada en los diferentes municipios para atender los altos costos generados a partir de las diferentes actividades ejecutadas para una eficiente prestación.