Las demandas a la elección de las dos curules que corresponden a la representación afrocolombiana en la Cámara y que como primera consecuencia hizo que sus voceros se lograran posesionar apenas 8 y 10 meses después de los demás parlamentarios, así como que no se reconociera la personería jurídica a la Fundación Ébano de Colombia (Funeco), ahora se siente en que esta colectividad no tiene derecho a espacios políticos gratuitos de divulgación en la televisión.
En días pasados, el Consejo Nacional Electoral asignó los espacios institucionales de divulgación política en la pantalla chica a los 12 partidos y movimientos políticos que tras los comicios legislativos de marzo de 2014 les reconoció la personería jurídica por alcanzar al menos una curul en el Senado o el 3% de la votación total válida en la Cámara de Representantes.
Ellos son los partidos de La U, Liberal, Conservador, Centro Democrático, Cambio Radical, la Alianza Verde, Opción Ciudadana, Polo Democrático; así como el Movimiento Político MIRA.
En el caso de la circunscripción especial indígena en el Senado de la República obtuvieron este reconocimiento legal el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS) y el Partido Alianza Social Independiente (ASI).
En tanto que por el lado de la circunscripción especial indígena en Cámara alcanzó la personería jurídica el Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia (AICO).
Funeco
Mediante la Resolución 2528 del 9 de julio de 2014, el Consejo Nacional Electoral adjudicó las dos curules a Funeco en la circunscripción especial de negritudes en la Cámara, en cabeza de María del Rosario Bustamante y Moisés Orozco, lo que era suficiente para que a este movimiento le fuera reconocida la personería jurídica.
No obstante, dicha Resolución quedó sin efecto provisionalmente en septiembre de 2014 como consecuencia de un fallo de tutela de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Tribunal que ya previamente el 16 de julio del mismo año, por parte del magistrado Wilson Ruiz, había adoptado medidas cautelares mientras fallaba de fondo la ponencia sobre una tutela, ordenando al Congreso de la República suspender la posesión de los dos parlamentarios de Funeco.
El fundamento de esta tutela que presentaron ante el Consejo de la Judicatura organizaciones afrocolombianas es que se estaba violando el derecho a la igualdad y la participación porque las personas que fueron elegidas supuestamente no eran representativas de dicha población y ni siquiera tienen el mismo color de piel.
Como consecuencia, tras la suspensión de dicha resolución por parte del Consejo Superior de la Judicatura, de igual forma quedó suspendida la personería jurídica que el Consejo Nacional Electoral le había reconocido a Funeco, hasta que la Sección Quinta del Consejo de Estado defina de fondo esta tutela y una demanda que por su lado presentó Heriberto Arrechea ante este último Tribunal y que busca dejar sin efecto la inscripción de Bustamante y Orozco como candidatos.
Arrechea también por el Movimiento MIO aspira a esta curul.
No obstante, Funeco ya logró ocupar en el Congreso esas dos curules por una decisión de febrero pasado de la magistrada del Consejo de Estado Susana Buitrago, quien ordenó posesionar a Bustamante y Orozco, lo cual fue atendido por la presidencia de la Cámara, tras ser notificado en este sentido, aunque solo a Orozco el 7 de marzo anterior porque Bustamante por esos días estaba en la clínica.
Sin embargo, pocos días después la Sección Quinta del Consejo de Estado revocó este fallo, atendiendo un recurso de súplica que argumentaba supuestas irregularidades en la decisión de la magistrada Buitrago.
El 20 de marzo pasado, la señora Bustamante falleció debido a sus quebrantos de salud sin poder posesionarse en esta curul.
A partir de ese momento, Álvaro Gustavo Rosado inició una batalla jurídica para acceder a esa curul, pues fue la tercera votación en la lista de Funeco en los comicios de marzo de 2014, por lo que le correspondería la curul de Bustamante. En ese sentido logró por la vía de una tutela que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenara al Congreso darle posesión, como efectivamente ocurrió el 27 de mayo pasado.
Divulgación política
El Consejo Nacional Electoral asignó a los 12 partidos y movimientos políticos a los cuales les reconoce personería jurídica, espacios institucionales de divulgación política en los servicios de televisión para el periodo comprendido entre el 1º. de junio y el 27 de noviembre del presente año.
De estos espacios no se beneficiará Funeco por no contar por el momento con la personería jurídica a la que tendría derecho, pero que este reconocimiento está suspendido hasta que la Sección Quinta del Consejo de Estado falle de fondo la demanda que fue impetrada por la inscripción de los candidatos que finalmente fueron elegidos.