Con la luz intermitente de emergencia el polémico proyecto que fortalece el Fuero Penal Militar arranca mañana en la Comisión Primera de Cámara su tercer debate, pues de no ser aprobado esta semana se hundirá al no alcanzar a surtir los cuatro debates de la primera vuelta antes del 16 de diciembre, cuando finalizará el primer periodo de la actual legislatura.
Sin embargo, todo indica que la iniciativa que presentó al Congreso el ministro de Defensa Nacional, Juan Carlos Pinzón, que revive parte de la reforma al Fuero Penal Militar que tumbó la Corte Constitucional el año pasado por vicios de trámite, no tendrá mayores problemas y cuenta con los votos suficientes de la Unidad Nacional para ser aprobado.
Votarían en contra el Polo y la Alianza Verde porque consideran que el Fuero Penal Militar es fuerte como está; en tanto que el Centro Democrático ha señalado que este proyecto se queda corto para garantizar la seguridad jurídica de los uniformados.
En su tránsito por el Senado el proyecto tuvo a cuestas las críticas de organizaciones de derechos humanos del país y de internacionales como Human Rights Watch y la propia Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas, al alertar que esta norma abriría la puerta a la impunidad porque conductas por fuera de la ley en que cayeron uniformados, como los falsos positivos, irían a parar a manos de la justicia castrense.
En ese sentido la Oficina de ONU en Colombia advirtió al final de octubre pasado sobre este proyecto y otro que presentó el Gobierno para que la Justicia Penal Militar sea independiente del mando, que “distorsionan el DIH porque en vez de promover su aplicación como marco de protección mediante prohibiciones para la guerra, tal y como prevén los Convenios de Ginebra y sus protocolos adicionales, es usado como causal de justificación de varias conductas en materia penal, y en relación con uno solo de los actores del conflicto”.
El ministro Pinzón le salió al paso de las prevenciones de la ONU al señalar que "de ninguna manera habrá impunidad. La intención es que haya una justicia especializada fuerte para que no tengamos investigaciones eternas. Lo que se busca es más justicia y menos impunidad". Por lo que aseguró que "nunca irá a la Justicia Militar cualquier hecho que esté por fuera de los servicios operativos y por eso lo que se pretende es diseñar una reforma con estándares internacionales que garanticen los derechos humanos y el derecho internacional humanitario".
Además, un parágrafo transitorio de este proyecto (167/14 Cámara, 022/14 Senado) que reforma el artículo 221 de la Constitución establece que los procesos penales que se adelantan contra los miembros de la Fuerza Pública por los delitos que no tengan relación con el servicio o por los delitos expresamente excluidos del conocimiento de la Justicia Penal Militar y que se encuentran en la justicia ordinaria, continuarán en ésta.
La reforma
El artículo 221 de la Carta Política establece que de los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán los tribunales militares.
Frente a lo cual el proyecto en cuestión agrega también que las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por miembros de la Fuerza Pública serán conocidas exclusivamente por las cortes marciales.
Sin embargo, establece que en ningún caso la Justicia Penal Militar o Policial conocerá de los crímenes de lesa humanidad, ni de los delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado.
No obstante frente a esta lista de delitos también las ONG de derechos humanos locales e internacionales han llamado la atención porque los términos violencia sexual y ejecución extrajudicial no existen en el Código Penal colombiano, lo que podría dar lugar a equívocos y que una conducta de este tipo cometida por uniformados termine de todas formas en manos de un juez militar.