La Personería de Bogotá formuló cargos y citó a audiencia pública a los secretarios de Hacienda y Movilidad, Ricardo Bonilla Gómez y Ana Luisa Flechas Camacho respectivamente, así como a los exsecretarios; Juan Ricardo Ortega López, Beatriz Elena Arbeláez, Héctor Zambrano Rodríguez, Luis Fernando Villegas Giraldo y Francisco Fernando Álvarez Morales, quienes desempeñaron esos cargos entre 2008 y 2012, para que expliquen su actuación frente al traspaso de miles de automotores, trámite que se efectuó ante las autoridades distritales sin estar los dueños a paz y salvo en el pago del impuesto de vehículos.
Dentro del proceso disciplinario verbal, también deberán responder por esa situación y por la caducidad y prescripciones del cobro del gravamen de sinnúmero de automotores, la directora de Impuestos Distrital, Gloria Nancy Beltrán, y quienes trabajaron como subdirectores de Impuestos, Luz Angélica Serna Camacho y Clara Margarita Montilla Herrera, así como los supervisores del concesionario SIM, encargado de verificar los pagos de impuestos, Beatriz Elena Ortiz Gutiérrez, William Andrés Pedraza Bedoya, Ayda Lucy Ospina Arias y Edna Piedad Cubillos Caicedo.
Secretarios de Hacienda
En concreto, el secretario actual o quienes se desempeñaron en el cargo, deberán responder por no promover el conocimiento y cumplimiento de las normas vigentes en materia tributaria, omisión que, al parecer, generó el no pago de impuesto de vehículos traspasados y la caducidad y prescripción del cobro del gravamen.
Tampoco, presuntamente, impartieron instrucciones para realizar una planeación y control de las actividades de recaudo y cobro de impuesto, ni habrían dispuesto la adopción de un método que permitiera cruzar la información de las secretarías de Hacienda y Movilidad para evitar el irregular traspaso de vehículos.
Por su parte, el Director de Impuestos y los subdirectores de esa entidad, al parecer, incumplieron su deber de formular y ejecutar una política en materia tributaria para disminuir la evasión del pago de impuestos y aumentar el control tributario.
De igual manera, presuntamente omitieron el deber de dirigir, diseñar y controlar estrategias de cobro y fiscalización, para así evitar la caducidad y prescripciones del cobro del impuesto de automotores.
Secretarios de Movilidad
De otro lado, los Secretarios deberán explicar por qué presuntamente incumplieron su deber de dirigir la formulación, implementación y mejoramiento del sistema de control interno, al no poner en marcha políticas de verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias en materia de automotores, en particular revisar el cumplimiento de las obligaciones de los vehículos que realizaron traspaso entre 2008 y 2012.
Se les cuestiona omitir actuar con diligencia en el control sobre el concesionario SIM y la firma interventora, hecho que trajo como consecuencia la aprobación de trámites de traspaso de vehículos sin el lleno de requisitos legales, es decir, sin estar al día en el pago de impuesto.
Igual que los secretarios de hacienda, estos omitieron la implementación de un método que permitiera cruzar la información de Hacienda con Movilidad para evitar el irregular traspaso de vehículos.
Entra tanto, los cuatro supervisores del contrato del SIM, al parecer, eludieron su obligación de verificar que se cumpliera el objeto del contrato, permitiendo traspasos sin el lleno de requisitos.
Los funcionarios deberán acudir a la audiencia pública el próximo 21 de enero, para rendir descargos dentro del proceso disciplinario verbal.
Los problemas
Como se recordará, la Personería, en el análisis de una muestra aleatoria tomada entre 20.000 trámites de traspaso de vehículos, encontró que 8.500 de ellos, el 42%, se hicieron sin el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo con el pago del gravamen de vehículos. Luego revisó 2.306 trasferencias de automotores, en las que corroboró que el Distrito dejó de percibir una suma incalculable entre impuestos, sanciones e intereses.
Además, en una revisión física a las carpetas de 300 traspasos en el SIM, para verificar la autenticidad de los recibos y consultas de pago, halló que los documentos de impuestos que soportan el trámite, al parecer son adulterados o falsos.