Parte del pasivo del liquidado Inravisión será asumido por el Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos. Así lo establece la propuesta de reglamentación del mismo, publicada por la Autoridad Nacional de Televisión.
Paradójicamente el objetivo de este Fondo es el fortalecimiento de los operadores públicos del servicio de televisión, la financiación de programación educativa y cultural a cargo del Estado y el apoyo a la generación y difusión de los contenidos de televisión de interés público
desarrollado por operadores sin ánimo de lucro, además de financiar el funcionamiento de la Autoridad Nacional de Televisión.
Uno de los argumentos de la Comisión Nacional de Televisión antes de ser liquidada por iniciativa de la administración Santos, por considerar que era costosa e ineficiente, era que adicional a sus costos de operación y financiamiento de la televisión pública, tenía que acarrear con la carga pensional del liquidado Instituto Nacional de Radio y Televisión (Inravisión), que asciende a los 48 mil millones de pesos anuales.
Sin embargo, la Ley 1507 de 2012, que distribuyó entre varias entidades las funciones que tenía la Comisión Nacional de Televisión, y creó varias entidades como la Autoridad Nacional de Televisión (organismo rector) y el Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos, señaló frente a este último que: artículo 19. Pasivo pensional de ex trabajadores de Inravisión. El pago de todas las obligaciones pensionales legales, convencionales, plan anticipado de pensiones, bonos pensionales, cuotas-partes pensionales, auxilios funerarios, indemnizaciones sustitutivas y demás emolumentos a que haya lugar, a favor de los ex trabajadores del Instituto Nacional de Radio y Televisión (Inravisión), hoy liquidado, será asumido por parte de Caprecom en una proporción equivalente a la del valor del pasivo pensional que representen los recursos trasladados por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones para este efecto, derivados de la asignación de los permisos para uso de las frecuencias liberadas con ocasión de la transición de la televisión análoga a la digital.
Los pagos que no sean asumidos por Caprecom continuarán a cargo del Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos”.
En abril pasado el Consejo de Estado revisó una demanda contra cuatro artículos del Decreto 3550 de 2004 por medio del cual se liquidó a Inravisión, en lo correspondiente a los pagos que hacía Caprecom a los pensionados con los dineros que giraba la Comisión Nacional de Televisión para el funcionamiento de Inravisión.
En consecuencia, el alto Tribunal consideró en su fallo que esta disposición carecía de fundamento porque no se previó que la Comisión Nacional financiara a Inravisión “(…) Menos aún que estaba obligado a pagar las obligaciones que en materia pensional Inravisión y el Gobierno Nacional dejaron de cumplir antes de la creación de la Cntv”, señaló el Consejo de Estado en esa oportunidad.
También dijo que “una interpretación diferente en el sentido de que deben ser cubiertos por la Cntv no tiene asidero jurídico, máxime cuando esta entidad también ha sido liquidada y no podría responder por el pasivo laboral de Inravisión, que no puede quedar expósito en desconocimiento de los derechos de sus trabajadores”, agrega el fallo.
Financiamiento
El Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos es una cuenta especial a cargo de la Autoridad Nacional de la Televisión, el cual es financiado con el monto de las tarifas, tasas y derechos que perciba de los operadores privados, como
consecuencia del otorgamiento y explotación de las concesiones del servicio público de televisión.
Otras fuente de financiamiento son el monto de las tarifas, tasas y derechos que perciba de los operadores privados, como consecuencia de la asignación y uso de las frecuencias, el cual se pagará anualmente, así como el 1,5% de la facturación bruta anual de los concesionarios de los canales nacionales de operación privada.