Jueves, 14 de Junio de 2012
Al final del debate que se llevó a cabo en la Cámara de Representantes alrededor del proyecto que busca reformar la rama judicial en el país, se mantuvieron las facultades que le permiten a la Fiscalía adelantar capturas de manera excepcional.
“La ley fijará los límites, delitos, eventos y circunstancias en que proceda la captura. En estos casos, el juez que cumpla la función de control de garantías lo realizará a más tardar dentro de las 36 horas siguientes. Excepcionalmente y atendiendo las circunstancias especiales en que se producen ciertas capturas, la ley podrá establecer que la función de control de garantías se realice en un término superior, el cual no podrá exceder de 72 horas”, expresa el artículo relacionado con el tema.