“Filtrar resultados en el exterior es delito” | El Nuevo Siglo
Miércoles, 11 de Junio de 2014

Los funcionarios consulares y las personas nombradas como testigos o jurados de votación incurrirían en delitos contra el régimen electoral colombiano en caso de que difundan resultados parciales de las elecciones antes de que lo haga el ente autorizado por la ley.

La advertencia la hizo el Vicefiscal General, Jorge Fernando Perdomo, al explicar que “en materia de votaciones en el exterior, el resultado de  los escrutinios parciales,  de acuerdo con las leyes electorales, no puede ser divulgado. Esos son resultados reservados que sólo pueden ser divulgados por la entidad electoral el día quince de junio cuando se empiecen a dar los resultados electorales”.

Perdomo manifestó que si se tiene en cuenta que quienes participan en los consulados son funcionarios públicos o son jurados y testigos que cumplen funciones públicas transitorias, “cualquier revelación de esos resultados puede constituir algún tipo de delito. Pueden ser delitos contra la adminstración pública la revelación de secreto o la utilización de asunto sometido a reserva. Son delitos consagrados en el código penal en los artículos 418 y 419”.

El Vicefiscal afirmó también que existe un dispositivo en el que todos los funcionarios del CTI estarán cerca de los centros de votación para orientar y recibir quejas sobre fraudes electorales, así como un equipo de más de cien fiscales en todo el país que orientarán a las personas y conocerán de las denuncias de los ciudadanos.