Fallo contra cúpula de Saludcoop por $1.4 billones | El Nuevo Siglo
Viernes, 14 de Febrero de 2014

En un histórico fallo de segunda instancia, la Contraloría General confirmó que el presidente de Saludcoop, Carlos Gustavo Palacino, y otros directivos de esa EPS deben responder por $1.4 billones desviados del Sistema General de Seguridad Social en Salud, SGSSS.

Con esta decisión, el ente de control fiscal recupera exactamente la suma de $1.421.174.298.105,40 para el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Categóricamente, la CGR señaló que la decisión tomada no afecta la normalidad de la prestación del servicio de salud de Saludcoop EPS OC y en consecuencia sus usuarios no deben dejarse influenciar por mensajes interesados de antiguos administradores de esa EPS que tratarán de difundir informaciones tendenciosas sobre suspensión de los servicios a los afiliados.

Para la CGR, los recursos recuperados deben ser reintegrados al Sistema General de Seguridad Social en Salud y  permitirán la adecuada prestación del servicio de salud, que incluye los usuarios afiliados a Saludcoop.

“Los recursos derivados del daño patrimonial causado a Saludcoop y sus directivos deberán retornar al Sistema General de Seguridad Social en Salud, pues una interpretación distinta permitiría sanear financieramente una cooperativa cuyos derechos patrimoniales beneficiarían a unos particulares”, señaló el ente.

 Además, “equivaldría en el mejor de los casos a premiar el abuso del derecho y lo que es peor sin ninguna garantía de que con la liquidez que se obtenga de liquidar estos activos, se sanee la cartera de los legítimos proveedores a pesar de los ingentes esfuerzos gubernamentales”, agregó.

La Contraloría advirtió que desde hace muchos meses Saludcoop registra una situación crítica con pérdidas que reducen el patrimonio por debajo del 50% del suscrito y ha incumplido los márgenes de solvencia y patrimonio que establece la ley.

El fallo de primera instancia no se modificó, aunque se aceptaron algunas nulidades de carácter técnico. Otros aspectos del fallo se fortalecieron.

Por medio del fallo N° 0011, proferido el día 11 de febrero de 2014, la contralora Sandra Morelli Rico indicó en la trascendental decisión que los aportes realizados por los trabajadores y empleadores con destino a la salud son parafiscales y que ese es el tratamiento que debe dárseles.

Esta posición del ente de control se encuentra ajustada a las disposiciones vigentes y basada en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la cual ha precisado en sus diferentes sentencias que la parafiscalidad tiene los elementos de obligatoriedad, singularidad, y destinación sectorial.

Para la Contraloría, con los recursos de la UPC, copagos o todos aquellos que conformen parafiscales no se pueden hacer inversiones en equipos médicos, ni infraestructura, ni pagos de intereses financieros, entre otros.

El fallo se refiere también a la inadecuada inversión de las mal llamadas utilidades de Saludcoop. Dice que es normal que las utilidades se distribuyan anualmente, después de pagar deudas, pero lo grave es que mensualmente se tomaron los recursos y los gastaron como plata propia. Los administradores sacaban la plata de la empresa cada mes para hacer inversiones de distinta índole en el país y en el exterior.

Igualmente señala la errada interpretación de los directivos de Saludcoop de la sentencia C-262 de 2012.

“Las inversiones que las EPS efectúen por fuera de la destinación específica de los recursos parafiscales deberán hacerlas únicamente con recursos propios y de conformidad con los que sus estatutos sociales les permita, pero en ningún caso pueden hacerlos con dineros de la parafiscalidad –UPC”.

De igual forma,  la CGR se pronunció en relación con lo que considera es la mal llamada integración vertical, que no constituye nada distinto de la apropiación indebida por parte de los operadores de la salud de recursos destinados a atender el servicio y con los cuales se adquieren bienes relacionados o no con la prestación del servicio, a nombre directamente del operador privado, con dineros parafiscales.

Indica la providencia que todas esas prácticas ilegales y daños patrimoniales causados al Estado, ameritan la reacción inmediata de todos los órganos, incluyendo la Fiscalía General de la Nación, la Superintendencia Nacional de Salud, entre otras, puesto que todos los que legal y constitucionalmente tienen la competencia de actuar deben reaccionar ante el deterioro de los indicadores de la salud, estudio central de la discusión en el imperativo de protección de los derechos a la vida y a la salud. De lo contrario, y en este orden de cosas, el sistema seguirá siendo perfecto, mas no la atención al usuario.

En su pronunciamiento, la Contralora  muestra  preocupación por los escasos bienes que se han logrado embargar dentro del proceso de responsabilidad fiscal, ordenando en tal sentido iniciar las acciones administrativas y jurisdiccionales para que se persigan los bienes de los responsables fiscales y así lograra recuperar los recursos públicos desviados.