La propiedad extranjera en Colombia no podrá comprender más del 15 por ciento del territorio nacional, según un proyecto de reforma constitucional radicado por el senador Hernán Andrade junto con la bancada conservadora para limitar el acceso a la propiedad privada de las personas naturales extranjeras y de las personas jurídicas con capital extranjero, o quienes actúen en su nombre.
La iniciativa propone estipular que en predios rurales los extranjeros sólo podrán arrendar, usufructuar, poseer, explotar o ser propietarios de un área igual o inferior a dos unidades agrícolas familiares.
Ningún extranjero podrá adquirir ni poseer, directa o indirectamente, individualmente o por asociación, por ningún título minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía dentro de 50 kilómetros de las zonas de frontera.
Los extranjeros, en su conjunto, sólo podrán adquirir hasta el 15 por ciento de los predios urbanos, teniendo en cuenta lo ya adquirido.
La iniciativa, explicó Andrade, tiene motivos de utilidad pública, con el propósito de proteger la tierra como recurso estratégico natural y en aras de salvaguardar la soberanía nacional y la seguridad alimentaria.
El legislador, vocero de la bancada conservadora en el Senado, explicó que el proyecto de acto legislativo propone adicionar incisos y parágrafos al artículo 58 de la Constitución Política, que se ocupa del derecho a la propiedad privada; además de la expropiación por motivos de utilidad pública o de interés social que contempla esta norma, el proyecto agrega la limitación de la propiedad en manos de extranjeros, personas naturales o jurídicas con capital forastero.
El senador Andrade indicó que el proyecto se origina, además, en la condición que tiene Colombia como uno de los países más vulnerables en materia de tierras, tanto por la calidad de las mismas como por sus aguas. “Informes de expertos señalan que grandes extensiones de tierra que forman parte de los ríos que nacen en el Macizo Colombiano, han sido compradas apresuradamente por extranjeros en Putumayo, Huila, Cauca, Caquetá, Nariño y el piedemonte de la Cordillera Oriental”.
Proyectos similares ya están vigentes, dijo el senador conservador, en países como Brasil, Argentina y Uruguay, en aras de preservar el control nacional en uno de los recursos más finitos, como es la tierra; “además este es un supuesto necesario para materializar los postulados de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras”, señaló.
Según Andrade, también está claro, según la Constitución misma y la jurisprudencia de la Corte, que el reconocimiento de los derechos de los extranjeros no implica que en nuestro ordenamiento esté proscrita la posibilidad de desarrollar un tratamiento diferenciado con los nacionales.