La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al resolver el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal 11 de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz, con sede en Barranquilla, decidió revocar la decisión del 3 de abril de 2013, proferida por la Sala de conocimiento de esa especialidad del Tribunal Superior de Barranquilla y dispuso la exclusión del proceso de Justicia y Paz de Juan Manuel Borré Barreto, alias Javier.
Borré Barreto se desmovilizó el 18 de enero de 2005, con el Bloque Córdoba, en el municipio de Tierra Alta (Córdoba) y, el 17 de octubre de 2007 fue postulado por el Gobierno Nacional como beneficiario de la ley 975 de 2005.
El 21 de marzo de 2013, en audiencia ante el magistrado de la sala de conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, el representante del ente acusador, solicitó formalmente la exclusión de Borré Barreto de los beneficios previstos en la ley mencionada, argumentando la renuencia del postulado de comparecer al proceso y el incumplimiento de los compromisos, al escaparse en dos oportunidades de su sitio de reclusión.
Asimismo consideró como un hecho sumamente grave la fuga producida el 26 de abril de 2011, donde resultó herido un dragoneante del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), porque casi le quita la vida a un servidor público y por la forma como se planificó la misma.
En su decisión la Sala se refirió a los derechos de las víctimas e indicó que no siempre que un postulado deje de pertenecer al proceso de Justicia y Paz, el esclarecimiento de los hechos en que participó, resulta un cometido incumplible, toda vez que por lo general, delinquían en asocio de otros individuos dependientes del mismo grupo armado ilegal, por lo que “es sensato concluir que la versión-confesión de otros postulados abarcará hechos atribuibles a quién se marginó o fue marginado del proceso de Justicia y Paz”.