El Estado es el responsable por los perjuicios de los cuales, los reclusos de las cárceles del país, sean objeto durante el tiempo de detención. Así lo afirmó el Consejo de Estado en un fallo por la muerte de tres internos en la Cárcel Nacional de Picaleña en Ibagué, el 4 de abril de 1999 en un amotinamiento. “En virtud de la relación de especial sujeción, el Estado debe garantizar completamente la seguridad de los internos, esto es impedir que otros reclusos o terceros particulares, así como el propio personal estatal -sea personal penitenciario o de otra naturaleza- amenacen la vida de los internos”, indica la sentencia. La Sala explica que no puede ser excusa el hecho de que terceros, en este caso otros reclusos, hayan sido los responsables de la muerte de las víctimas para evadir la responsabilidad del Estado. “La muerte de los internos se produjo dentro del establecimiento carcelario como consecuencia de unas heridas propinadas con armas de fuego y armas blancas, mientras se encontraban bajo la custodia y vigilancia de los directivos y el personal de oficiales, suboficiales y guardianes del establecimiento de reclusión a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), entidad que debe restituir al recluso a la sociedad en similares condiciones psicofísicas a las que tenía cuando ingresó”, puntualiza el fallo. El Inpec tendrá que pagar más de 702 millones de pesos a los familiares de los tres reclusos muertos. En el marco del congreso internacional ‘100 años de la Administración Pública: Retos y Perspectivas’, el alto tribunal hizo un llamado de atención al Instituto para que adopte las medidas de seguridad necesarias que permitan preservar la vida de las personas detenidas en centros de reclusión.