La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados en Colombia, ratifican su respaldo a la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, promulgada para promover el respeto y cumplimiento de los derechos de las víctimas, incluyendo la reparación de los daños a su dignidad, su integridad, sus vidas y sus bienes, y como un instrumento importante para facilitar la construcción de la paz y la reconciliación.
Reparar integralmente a un universo de cerca de 7 millones de víctimas, siendo el 80% de ellas población desplazada, es un enorme reto que el Estado colombiano asumió mediante la promulgación de la Ley 1448 de 2011 y la creación de la institucionalidad para su implementación, entre ellas, la Unidad para las Víctimas, la Unidad de Restitución de Tierras y el Centro de Memoria Histórica. La restitución de tierras es una de las partes más importantes del proceso reparador que las Naciones Unidas apoyan y promueven, en complementariedad con las medidas de reparación individual y colectiva previstas en la Ley.
La Oficina de la ONU para los Derechos Humanos y el ACNUR reconocen la existencia de dificultades de diverso orden en la implementación de la política de restitución de tierras. Una de esas dificultades es la realidad de ocupaciones de predios reclamados en restitución por parte de campesinos vulnerables, que incluso pueden ser también víctimas del desplazamiento, que alegan haber actuado de buena fe. La Unidad de Restitución de Tierras ha advertido esta situación y ha hecho esfuerzos para distinguir entre ocupantes de buena fe y de mala fe, de forma que no se afecten los derechos de personas que no fueron partícipes ni se beneficiaron del abandono o del despojo de tierras, y para prevenir nuevos conflictos en las zonas de restitución.
La Oficina de la ONU para los Derechos Humanos y ACNUR advierten que el debate necesario sobre la protección de los derechos de segundos ocupantes de buena fe, no debe ser utilizado para sembrar dudas sobre la decisión de restituir las tierras a las víctimas de abandono y despojo violentos, para poner en riesgo los avances de la Ley 1448 de 2011 en la atención y reparación a las víctimas o para emitir acusaciones o estigmatizaciones contra las víctimas, sus organizaciones o las defensoras y defensores de derechos humanos.
Las dos agencias de la ONU reiteramos las palabras de Secretario General: “la protección de las víctimas que reclaman sus derechos y de los funcionarios y otras personas que participen en los procesos, en particular los relativos a la restitución de tierras, es uno de los mayores desafíos de la aplicación de la Ley de Víctimas”1 .
También, instamos a las instituciones responsables y a las partes legítimamente interesadas a establecer canales para un diálogo sereno y respetuoso que permita avanzar en la garantía de los derechos humanos de las víctimas reclamantes y de los segundos ocupantes que acrediten la buena fe, evitando recurrir a expresiones y acciones que puedan estimular o exacerbar conflictos sociales en las regiones o a poner en riesgo la seguridad de los intervinientes en los procesos de restitución. La reparación integral a las víctimas y la restitución efectiva de sus tierras son la garantía para la construcción de una paz sostenible y duradera en Colombia.