Esta decisión además de tener carácter personal, conlleva implicaciones sociales.
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Es complicado poder reglamentar en el país la eutanasia en el caso de los menores de edad, dijo ayer el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, porque la norma que hay en el país sobre la materia establece que es una decisión de la persona, motivada en que se padece una enfermedad terminal y por ende sin posibilidad de cura.
Será el Congreso de la República el encargado de reglamentar la eutanasia en menores de edad, aseguró el Ministro de Salud, quien explicó que el Gobierno nacional presentará un proyecto de ley en tal sentido.
Dijo que la diferencia de la normatividad aprobada en el 2015 se centra en dos premisas claras. La primera la dignidad humana y la segunda es la autonomía individual.
De acuerdo con el Ministro de Salud, la autonomía individual en los niños es más compleja porque la pregunta que se debe realizar es quién decide; si son los padres, qué pasa cuando uno de los dos padres no está de acuerdo y qué pasa cuando un hermano no está de acuerdo.
Afirmó que son preguntas más complejas y que se tendrán que abordar en la reglamentación de la eutanasia en niños para acatar el fallo de la Corte Constitucional.
Según Gaviria, no va a ser una tarea fácil, porque además involucra valores sensibles de la sociedad y se tendrá que consultar la opinión de mucha gente sobre el particular.
En agosto pasado, la Corte Constitucional le solicitó al Parlamento regular la aplicación de la eutanasia en Colombia “que permita determinar con claridad todos los presupuestos bajo los cuales debe ser garantizado”.
Este pronunciamiento del alto Tribunal fue a propósito de un fallo en que le ordenó a la Superintendencia Nacional de Salud, la Fiscalía y la Procuraduría General adelantar las investigaciones necesarias frente a las denuncias que existen por las trabas administrativas que imponen las EPS para atender casos relacionados con la eutanasia.
El pronunciamiento se hizo al resolver una acción de tutela presentada por la familia de una mujer que buscaba que se le reconociera su derecho a morir dignamente luego que los tratamientos para atender una grave enfermedad no fueran efectivos. En la acción judicial se indicaba que tanto el médico tratante y la clínica no atendieron su petición.
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