Las herramientas para que el Estado pueda proteger, visibilizar y recuperar el patrimonio cultural de la Nación que se encuentra bajo los mares colombianos, así como ejercer soberanía y generar conocimiento científico sobre el mismo, fueron aprobadas ayer por la Comisión Sexta del Senado en tercer debate de un proyecto en este sentido
“Con este proyecto se impide que el patrimonio cultural siga siendo saqueado, sin regulación alguna, por ello la necesidad de revisar a fondo la que será la primera Ley en su materia”, enfatizó el senador Carlos Ferro, quien ofició como coordinador ponente para el tercer debate del proyecto.
El articulado establece que en cualquier caso, la primera opción de exploración será del Estado colombiano. Solo en los casos de no tener la capacidad se realizarán procesos de licitación pública.
Entre otras, los congresistas acogieron una modificación respecto a los bienes que son considerados como patrimonio cultural sumergido. Para ello definieron que se trata de “bienes producto de la actividad humana que expresen una manifestación cultural que se encuentran permanentemente sumergidos […]”.
Gran parte de la discusión se concentró en el “criterio de repetición”, el cual se usaría para repartir aquellos objetos no patrimoniales entre el Estado y los contratistas exploradores, a manera de retribución.
Al respecto, señaló el Senador del Partido Social de Unidad Nacional (La U) que “nos comprometemos a revisar el criterio de expertos que nos orienten frente a un asunto tan complejo como la repetición, pues no aprobaremos un proyecto que beneficie a los particulares”.
De otro lado, se cambió la redacción del artículo 15, con el fin de establecer que la retribución para las empresas que realicen las exploraciones será “hasta el 50%” y no necesariamente “del 50%” de los bienes no patrimoniales.
Insistió el senador Ferro en que “hay que ubicar los límites de las intervenciones y las retribuciones, con tal de proteger nuestras riquezas. Es claro que no proponemos subastar el Patrimonio Cultural Sumergido, si el articulado ha generado tal sospecha, modificaremos el texto antes de ir a su último debate”.
Incluso, se acordó beneficiar a las comunidades aledañas cuando de las exploraciones resulten actividades de aprovechamiento económico, cultural y turístico.
En este sentido el senador Ferro dijo que “creo que ha quedado un proyecto de ley bien importante, que le entrega al Estado colombiano y especialmente al Ministerio de Cultura, la posibilidad de desarrollar todo este tipo de iniciativas y que por primera vez se va a lograr tratar de recuperar para los colombianos ese patrimonio cultural que desde hace muchos años está bajo agua en un promedio de 900 kilómetros de mar”.
La iniciativa considera comopatrimonio cultural sumergido a bienes tales como los restos orgánicos e inorgánicos, los asentamientos, cementerios y toda evidencia física de grupos humanos desaparecidos, restos humanos, las especies náufragas constituidas por las naves o artefactos navales y su dotación, sus restos o partes, dotaciones o elementos yacentes dentro de estas, cualquiera que sea su naturaleza o estado, y cualquiera sea la causa de la inmersión, hundimiento, naufragio o echazón.
El artículo 72 de la Constitución Política señala que el patrimonio cultural de la Nación está bajo protección del Estado. En este sentido el proyecto de ley precisa cuáles son las competencias de cada una de las entidades públicas en la protección de este patrimonio, y prevé las formas en las que los particulares pueden concurrir con aquellas para su investigación y protección. Igualmente establece cuáles son los métodos idóneos para su manejo, dando un especial énfasis a la información cultural relevante, y señala la preservación como uno de los principios de las actividades relacionadas con su manejo; aclara y regula lo atinente al esquema de contratación que el Estado a través del Ministerio de Cultura usará para la investigación del patrimonio cultural sumergido, y señala criterios para distinguir cuáles bienes no reúnen esa naturaleza y, por ende, pueden ser de libre disposición.
El proyecto de ley adopta las reglas desarrolladas por la Corte Constitucional en es esta materia, como el artículo 1º la ratio decidendi de las Sentencias C-474 de 2003 y C-668 de 2005, que consideraron el carácter inembargable, inalienable e imprescriptible del patrimonio cultural sumergido.
Varios intentos
Desde el año 2004, el Ministerio de Cultura ha venido presentando ante el Congreso iniciativas en lo relacionado al patrimonio cultural sumergido, como el proyecto de ley número 214 de 2004 Senado, presentado por la entonces ministra María Consuelo Araújo, el cual fue aprobado en Senado, pero luego se estancó en la Cámara de Representantes, hasta hundirse por tiempo.
Tampoco prosperó una iniciativa en similar sentido que presentó en el año 2010 la entonces ministra de Cultura, Paula Marcela Moreno, que prefirió retirar la iniciativa.
Galeón San José
El galeón San José es el caso más emblemático en el país en cuanto a patrimonio cultural sumergido, pues yace desde hace tres siglos en nuestras aguas en el Caribe sin que se recuperen los inmensos tesoros que se cree contiene, a la espera que se defina el litigio jurídico entre Colombia y laempresa Sea Search Armada, que exige una indemnización de 17.000 millones de dólares.
SSA afirma en la demanda “que Colombia ha interferido ilegalmente con sus legítimas operaciones para recuperar un barco que para muchos es el naufragio más valioso de la historia”.
El galeón San José transportaba monedas y metales preciosos extraídos y fundidos en Perú, que según expertos están avaluados en más de 4.000 millones de dólares. El barco naufragó cerca de Cartagena en 1708. Con el permiso y la participación de Colombia, un grupo que ahora pertenece a SSA organizó en 1980 una operación de salvamento marítimo. Y después de descubrir el lugar del naufragio del San José y notificar al Gobierno de Colombia, no hubo acuerdo en compartir por mitades los tesoros que se recuperaran.
A comienzo de abril pasado, una corte de apelaciones de Washington le dio la razón a Colombia en el pleito con Sea Search Armada, confirmando un fallo de otro tribunal.
Sin embargo, días después la compañía norteamericana presentó una nueva demanda contra Colombia ante la Corte Federal del Distrito de Columbia.