Que la condena no sea menor a 15 años de cárcel para quienes utilicen estas sustancias contempla el proyecto del Ley que pasó a sanción presidencial.
La iniciativa abarca los crímenes que son perpetrados con ácido, álcalis o sustancias similares o corrosivas, que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano.
Asimismo el proyecto añade medidas de protección sobre el control de la comercialización de ácidos y la atención integral a víctimas.
A nivel penal, constituye las siguientes consideraciones:
Si el daño a la víctima consiste en deformidad física transitoria, la pena será de prisión de 16 a 108 meses y multa de 20 a 37.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Si fuere la lesión permanente, la pena será de prisión de 32 a 126 meses y multa de 34.66 a 54 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Si el daño es de deformidad física causada usando cualquier tipo de ácidos, álcalis, sustancias similares o corrosivas que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano, incurrirá en pena de prisión de 72 a 126 meses y multa de 34.66 a 54 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Si la deformidad afecta el rostro, la pena se aumentará desde una tercera parte hasta la mitad.