En 76 días entrará en vigor el Código de Policía | El Nuevo Siglo
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Domingo, 13 de Noviembre de 2016
Redacción Política

El próximo 29 de enero entrará en vigor el Código de Convivencia, más conocido como el Código de Policía, el cual a pesar de que fue sancionado por el presidente Santos el pasado mes de julio, el Congreso aprobó que regiría seis meses después.  Esta norma implicará drásticos cambios en materia de convivencia ciudadana, propiciando el cumplimiento de los deberes y obligaciones, así como nuevas y representativas sanciones a quienes los pasen por alto.

Precisamente estos seis meses que dejó como ‘colchón’ el Parlamento para la entrada en vigor de la Ley 1801 de 2016 buscaba que además que las instituciones, especialmente la Policía, se prepararan y adecuaran para su aplicación, hubiera un proceso de pedagogía por parte de los 1.102 municipios y distritos del país con el fin de que los ciudadanos se enteraran de las principales disposiciones de sus 242 artículos.

No obstante esto no fue así en términos generales, por lo que muchos ciudadanos a finales de enero próximo, todavía con la resaca de fin de año a cuestas, podrían verse sorprendidos al ser sancionados por conductas y contravenciones que hoy son un ‘saludo’ a la bandera o no existen en el todavía actual y desueto Decreto 1355 de 1970, que hasta el 28 de enero del próximo año funcionará como el Código de Policía.

Ya el Gobierno en los dos mandatos del presidente Santos había insistido en reformar el Código de Policía con tres proyectos de ley, pero su discusión siempre terminaba empantanándose. Hasta que por fin en este nuevo intento se logró el suficiente consenso entre la mayoría de parlamentarios para su aprobación.

Los objetivos

Las disposiciones previstas en este Código son de carácter preventivo y buscan establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional al propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, así como determinar el ejercicio del poder, la función y la actividad de policía, de conformidad con la Constitución Política y el ordenamiento jurídico vigente.

 

Con el fin de mantener las condiciones necesarias para la convivencia en el territorio nacional este Código está orientado a propiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público, áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan a lo público.

Además pretende promover el respeto, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad, los deberes y los derechos correlativos de la personalidad humana; así como promover el uso de mecanismos alternativos o comunitarios para la conciliación y solución pacífica de desacuerdos entre particulares.

El Código Nacional de Policía y Convivencia también define comportamientos, medidas, medios y procedimientos de policía. Establece la competencia de las autoridades de policía en el orden nacional, departamental, distrital y municipal, con observancia del principio de autonomía territorial.

 

Sin embargo, el Código de Policía fue aprobado con varios artículos que durante su trámite en el Congreso de la República no dejaron de ser polémicos, como la posibilidad que se le da a la Policía para el registro de domicilios o de sitios abiertos al público en situaciones como inspeccionar por motivo de salubridad pública; para obtener pruebas sobre la existencia de casas de juego o establecimiento que funcione contra la ley o reglamento; cuando sea necesario indagar sobre maniobras fraudulentas en las instalaciones de acueducto, energía eléctrica, teléfonos y otros servicios públicos; para practicar inspección ocular ordenada en procedimiento de policía.

También la Policía quedó facultada para conducir como medida de protección a un ciudadano ebrio o fuera de conciencia cuando su vida o la vida de terceros corran peligro.

La norma contempla multas para los colados en el transporte público, así como a quienes pinten grafitis en propiedad privada, entre otros.

 

Sanciones

“Este país se ha transformado y su Código de Policía se había quedado atrás. El Código que nos regía se creó –hace más de 40 años– cuando aún no existía el celular, ni la tecnología que hoy día tenemos”, señaló en su momento el ministro de Defensa Nacional, Luis Carlos Villegas.

Villegas anotó que este nuevo Código de Policía y Convivencia le dará un nuevo aire de responsabilidad cívica a los ciudadanos y nuevas herramientas a la institución para mejorar la seguridad.

“Con esto la Policía aumenta sus compromisos y esperamos que la implementación del Código de Policía cambie la cultura ciudadana. No solamente la fuerza policial, sino también los deberes de los ciudadanos frente a los derechos colectivos y frente al Estado”, puntualizó.

Añadió esta cartera que el manual permite enfrentar con rapidez y precisión, el robo de celulares, la invasión de espacio público, a quienes boten basura, hacen grafitis en sitios no autorizados o le dan mal uso a la Línea 123.

De igual manera aprueba la intervención en casos de mascotas ruidosas o de música a todo volumen en un vecindario, conjunto o edificio.

En casos de fiestas ruidosas, el actual Código autoriza la desactivación de equipos de sonido o parlantes que generan altos niveles de ruido y que interrumpen la tranquilidad de un vecindario. Los invasores de terrenos, distribuidores de licores adulterados o quienes participen en actividades de minería criminal, serán combatidos con mayor eficacia, legal y jurídica.

En materia de protección de mascotas y/o animales se podrá corregir o sancionar a los dueños que incumplan normas de convivencia o tenencia de los mismos. Habrá multas para quienes no recojan las necesidades que hacen sus mascotas en espacios o sitios públicos, inclusive, por pasearlas sin collar o bozal (en caso de razas peligrosas).

El ingreso de la Policía a una casa sin orden judicial se hará únicamente en casos de urgencia o de peligro inminente para la vida de una persona. Casos puntuales: violencia o abusos contra una mujer, menores de edad o cualquier persona que esté dentro de un domicilio.

Tendrá que pagar $91.927 la persona que ingrese, o que intente ingresar a un niño o menor de edad a un evento en el que la vida o integridad –física y moral– del mismo pueda estar en riesgo.

Los conductores que no respeten señales de tránsito o que realicen maniobras peligrosas o de alto riesgo también serán multados con cuatro salarios mínimos diarios, es decir, $91.927.

Habrá multas de $183.854 (8 salarios mínimos diarios) para quienes compren, alquilen o usen celulares reportados por robo, pérdida o que tengan el número de identificación físico reprogramado, remarcado o borrado.

Habrá multas de $367.709 (16 salarios mínimos diarios) a quien destruya, manipule, altere o fuerce las puertas o sistemas de acceso en un sistema de transporte masivo (estaciones, buses articulados, Metro, tranvía, vehículo férreo, cable aéreo) o vehículos de servicio público o urbano de pasajeros.

 Impedir el uso y funcionamiento normal de los sistemas de transporte mencionados anteriormente, salvo momentos de emergencia, también implica multas.