Emisoras comunitarias, en la mira de la publicidad política | El Nuevo Siglo
Martes, 2 de Diciembre de 2014

*La reforma aplicaría desde la cita con las urnas del próximo año

 

La radio comunitaria jugaría un importante papel en los comicios regionales del próximo año, pues está en la mira para que se permita  transmitir propaganda política, lo cual está prohibido en la actualidad entendiendo que este servicio de comunicación tiene un fin social y sin ánimo de lucro en aras de satisfacer las necesidades de información y de expresión de pequeñas comunidades.

Esta iniciativa surge en un momento en que la radio comunitaria en el país atraviesa una grave crisis porque por las dificultades que tienen para sostenerse por sus propios medios y por carecer de apoyo estatal un buen número de ellas están en mora de pagar al Estado las contribuciones correspondientes por el uso del espectro electromagnético.

En este sentido, el senador Jorge Pedraza, del Partido Conservador,  presentó un proyecto de ley que lanza un salvavidas a estas estaciones, por la cual se establece un periodo de gracia a emisoras comunitarias y de interés público para sanear su situación jurídica, financiera y técnica, y se condonen deudas a emisoras indígenas de interés público.

Señala Pedraza en la exposición de motivos del proyecto No. 18 de 2014 Senado, queen los últimos tres años de las cerca de 700 emisoras comunitarias que existen en el país, a 282, es decir, a un 40% del total, el Ministerio de TIC ha tenido que archivarles la concesión por estar en mora.

Por otra parte, el proyecto de ley que habilitaría a las emisoras comunitarias para que transmitan publicidad política fue radicado en septiembre pasado por el representante por Casanare, Jorge Camilo Abril Tarache, del Partido Liberal, iniciativa en la cual señala que “en las campañas electorales al Congreso de la República, gobernaciones, asambleas, alcaldías y concejos municipales y distritales, se podrá transmitir divulgación política o propaganda y publicidad electoral a través del servicio de televisión y radiodifusión comunitaria”.

En su exposición de motivos esta iniciativa legislativa indica que la Ley 996 de 2005, más conocida como de Garantías Electorales, estableció que las campañas presidenciales podrán transmitir divulgación política o propaganda y publicidad electoral a través del servicio de televisión y radiodifusión comunitaria, teniendo en cuenta que estos comicios electorales no solo tienen una cobertura local efectiva para este tipo de mensaje, sino que también se convierten en una oportunidad para que estas estaciones radiales recauden en período de elecciones, unos importantes recursos para costear su funcionamiento.

Sin embargo en la Resolución 415 de 2010 del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que expide el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora, establece en el artículo 27 sobre la comercialización de espacios en emisoras comunitarias, que por las estaciones de radiodifusión sonora comunitaria podrá transmitirse propaganda, exceptuando la publicidad política, y podrá darse crédito a quienes hayan dado patrocinios, auspicios y apoyos financieros para determinada programación, siempre que no se trate de personas cuyas actividades o productos esté prohibido publicitar.

De esta forma el Estado buscó preservar el carácter social de las emisoras comunitarias evitando que los dineros de la política ingresaran y que por ese camino, políticos regionales pusieran  estos medios alternativos al servicio de sus intereses.

Sobre este particular el representante Abril indica en el citado proyecto que “aún no es claro por qué el Ministerio de las TIC considera que la difusión política o propaganda o publicidad política es contraproducente para el desarrollo de las emisoras comunitarias. Y no es claro porque no se cuenta con ningún sustento público, digital o escrito sobre el tema, puesto que solo se limita a establecer la mencionada prohibición en los diferentes decretos y resoluciones que se han expedido en los casi últimos veinte años”.

Añade el parlamentario liberal que al parecer, esta posición responde a la preocupación de que “la actividad proselitista pueda alterar el curso social de una emisora comunitaria, pero es conveniente anotar que se está analizando de una manera subjetiva una actividad que está debidamente consignada en la Constitución y la ley, y no necesariamente su ejercicio tiene que estar relacionado con una mala conducta, porque eso significaría ni más ni menos que estamos poniendo en tela de juicio los espacios y las herramientas de los diferentes comicios electorales”.

Añade Abril que las graves dificultades que tienen las emisoras comunitarias para financiar su sostenimiento es “porque precisamente no se diseñaron los suficientes mecanismos para que estas emisoras encuentren alternativas para financiarse, porque actualmente la franja de pauta comercial es restringida, y no se permite por ningún motivo entrar en el mercado de la publicidad política pagada”.

 

 

*Financiación

Los proveedores del servicio comunitario de radiodifusión sonora deberán invertir en su integridad los recursos que obtenga la emisora por concepto de comercialización de espacios, patrocinios, auspicios, apoyos financieros de organizaciones internacionales legalmente reconocidas en Colombia u organismos gubernamentales nacionales, en su adecuado funcionamiento, mejoramiento de equipos y de la programación que se transmita.