Hoy deberá posesionarse provisionalmente como contralora en Bogotá la contralora auxiliar Ligia Inés Botero, mientras se surte el proceso para que el Concejo capitalino escoja un funcionario en propiedad.
El concejal Antonio Sanguino, copresidente de la Alianza Verde, advirtió que dicha elección “no es procedente y en consecuencia” por lo que se retiró de la sesión “para evitar configurar una falta disciplinaria por extralimitación de funciones”.
En su constancia, Sanguino dijo que vale la pena precisar que la terminación del periodo del actual contralor distrital no constituye falta absoluta o temporal, ya que las mismas se encuentran taxativamente establecidas en la ley, que a su vez son las mismas que recaen sobre el Alcalde Mayor, y “la terminación del periodo no se encuentra dentro de las categorías expuestas”.
Con dicha elección, consideró Sanguino, el Concejo se extralimitó “en sus funciones de conformidad con el artículo 6° de la Constitución política, ya que no es una facultad conferida por ninguna norma. Les reitero a los concejales: el reglamento del Concejo no tiene previsto el método ni los mecanismos, ni el procedimiento para proveer, para designar, ni para elegir a un contralor en interinidad”.
Frente a esta polémica, el concejal Jairo Cardozo, del Movimiento Independiente de Renovación Absoluta (MIRA), expresó que es la corporación quien debe designar un contralor en provisionalidad, puesto que esta importante entidad no puede quedar acéfala.
Teniendo en cuenta que el periodo constitucional del actual contralor se venció ayer y el Concejo no se encuentra listo para hacer la convocatoria pública del titular, entre tanto, enfatizó Cardozo, "es menester nombrar en provisionalidad un profesional de la misma institución acatando el nivel de jerarquía para no generar ninguna afectación a los procesos".
También el concejal Armando Gutiérrez, del Partido Liberal, defendió la competencia del Concejo para proveer el encargo.
Gutiérrez citó en su argumentación la decisión de segunda instancia proferida por la Procuraduría que confirmó la destitución del contralor general de Cali luego de que en octubre de 2006 designara como contralor encargado al subcontralor para suplir la vacancia definitiva del cargo. La Procuraduría concluyó que es el Concejo y sólo esta corporación a la que le corresponde proveer las vacancias definitivas del cargo.
Gutiérrez, de acuerdo con el mandato legal y la jurisprudencia del Consejo de Estado, citó: “Mientras esté sesionando el Concejo, es a éste a quien corresponde suplir las vacancias absolutas del cargo de contralor”.
Al respecto afirmó que “los concejales de la ciudad no podemos evadir ni eludir nuestra responsabilidad de proveer en encargo a la actual contralora auxiliar, doctora Ligia Inés Botero, como contralora encargada de Bogotá, hasta tanto la corporación no surta el proceso de convocatoria pública y elija al contralor en propiedad. Para ello tenemos plazo hasta el próximo 11 de marzo”.
Gutiérrez señaló que, según la jurisprudencia y la ley, “solo en los eventos en que el Concejo se encuentre en receso, puede el alcalde designar a un funcionario vinculado a la Contraloría, para que ejerza el cargo en forma provisional, mientras el Concejo ejerce su potestad nominadora, y ello, también por expresa disposición legal”.