El DAS desplazó: Consejo de Estado | El Nuevo Siglo
Miércoles, 12 de Noviembre de 2014

El desplazamiento forzado constituye un desarraigo al domicilio de la persona y una flagrante violación de los derechos humanos, por lo que es responsabilidad del Estado prevenirlo y combatirlo. Por tal razón, cuando el desplazamiento es producido por los mismos agentes estatales, es doblemente reprochable.

Así lo señaló la Sección Tercera del Consejo de Estado al condenar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), a pagar más de 250 millones de pesos por los daños y perjuicios ocasionados a una persona que residía en Granada, Meta, y quien debió abandonar su población debido a las presiones a las que fue sometido por miembros del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

En el proceso se demostró que aunque la víctima recibió amenazas de personas con brazaletes de un grupo armado ilegal, estas tenían cercanía con los representantes del DAS en la localidad. Incluso, uno de los miembros activos del Departamento de Seguridad de la zona reconoció ante el Personero Municipal que había allanado la casa de manera arbitraria, sin respetar los protocolos para el registro, con fundamento en un informe de inteligencia que señalaba que allí había armamento de la guerrilla, situación que no se demostró.

La víctima del desplazamiento debió salir de su casa por recomendación de la misma Personería, luego que fuera herido por quienes se demostró eran miembros del DAS y se desplazaban en un vehículo adscrito a la entidad. Por tal razón, él y su familia fueron declarados víctimas del conflicto por el Departamento de Acción Social y la Procuraduría General.

Según la Sentencia, el desplazamiento forzado en el ámbito internacional ha sido fuertemente sancionado, pues despliega una serie de consecuencias negativas en la órbita de otros derechos reconocidos no sólo en el derecho interno sino aquellos de carácter internacional como los contenidos en la Convención Americana de Derecho Humanos o los Convenios de Ginebra.