El acuerdo de la discordia | El Nuevo Siglo
Domingo, 15 de Mayo de 2016

La polémica es tanto o más álgida que la generada por la creación de la ‘Jurisdicción Especial de Paz’. Peros del Procurador pasaron al escenario de la advertencia penal y disciplinaria al Gobierno. Analistas alertan que se debilita fuerza del mecanismo de refrendación popular. Informe EL NUEVO SIGLO

 

CADA VEZ que las delegaciones negociadoras del Gobierno y las Farc anuncian en La Habana que se llegó a un nuevo acuerdo sobre algún tema de la agenda, el país se divide entre los que consideran que se trata de un paso que acerca la posibilidad de la firma de un acuerdo final, luego de casi cuatro años de tratativas, y los que advierten que las implicaciones de lo pactado lo único que hacen es alejar la eventualidad de que algún día se aclimate un verdadero ambiente de reconciliación permanente.

Esa circunstancia se ha repetido en varias ocasiones desde que en octubre de 2012 se instaló la Mesa de Negociación en La Habana. Por ejemplo, cuando se anunció el primer preacuerdo, alrededor del tema de desarrollo rural, se formó un rifirrafe entre quienes defendían lo negociado como vía para una reforma agraria moderna y objetiva, y los que alertaron sobre la posibilidad de que la propiedad privada rural terminara siendo expropiada por mecanismos indirectos.

Luego, al cerrar el segundo punto referente a la participación política, el debate se dio en torno a hasta qué punto el Gobierno había abierto la posibilidad a circunscripciones especiales de paz que, ya en la práctica, implicaría asignar curules y distritos electorales a la guerrilla en el Congreso, asambleas y concejos municipales.

Vendría luego el preacuerdo sobre la lucha contra el narcotráfico. Allí las partes ponderaron que no sólo la guerrilla renunciaba al negocio de las drogas, sino que se comprometía a colaborar en la erradicación de los narcocultivos. Los críticos, sin embargo, advertían que no se pactó nada relacionado con la entrega de la fortuna que la guerrilla hizo a punta de traficar drogas, como tampoco la delación de rutas y narcos asociados.

 

Y cuando se anunció el preacuerdo sobre el punto 5 de la agenda, relacionado con las víctimas, la polémica subió de tono, pues las partes dieron a conocer un pacto para crear una Jurisdicción Especial de Paz (JEP). Aunque los defensores del proceso de paz indicaron que se trataba de un armazón jurídico viable y realista, pues no hay grupo ilegal que firme un proceso de paz para ir a la cárcel, los críticos a nivel nacional e internacional recalcaron que la JEP daba paso a un marco de impunidad, sin un día de cárcel y con elegibilidad política inmediata para los guerrilleros, pese a ser culpables de delitos atroces, lo que podría dar lugar a la intervención de la Corte Penal Internacional (CPI). También advirtieron que la nueva jurisdicción podía enjuiciar aleatoriamente a civiles y militares, lo que implicaba que se generalizaba la culpabilidad de la guerra.

El jueves pasado se anunció un nuevo acuerdo en La Habana, esta vez sobre los mecanismos para blindar el eventual acuerdo final de paz ante acciones jurídicas internas o externas, así como para asegurar el cumplimiento de lo pactado. Y, al igual que en los anteriores anuncios sobre preacuerdos, la polémica no se hizo esperar.

 

El acuerdo

Según el Gobierno y las Farc, este nuevo acuerdo da seguridad jurídica y estabilidad en el tiempo a un acuerdo de paz que, por ahora, es un acuerdo típicamente político.

Sostiene el Ejecutivo que en lo acordado las Farc reconocen y aceptan que es en el Congreso en donde se aprobarán las normas necesarias para la incorporación jurídica de los acuerdos.

Al explicar cómo será el proceso de incorporación del Acuerdo Final al ordenamiento jurídico, el Ejecutivo se afirma que es una ruta compleja de formalización, que se basa en las instituciones de nuestra democracia y se apoya en diferentes instancias internacionales para darle mayor solidez. Son cinco los elementos de esa ruta:

 

1.    Depósito como Acuerdo Especial: El Gobierno y las Farc, como partes en el conflicto armado, depositarán el Acuerdo Final como Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949 ante el Consejo Federal Suizo en Berna.

2.    Incorporación del Acuerdo al ordenamiento jurídico nacional: Se tramitará ante el Congreso una ley aprobatoria del Acuerdo Final como Acuerdo Especial. Esta Ley se tramitará como una ley ordinaria con mensaje de urgencia, con votación por aprobación o improbación de todo el texto por mayoría calificada, y con control de constitucionalidad único y automático. Adicionalmente a través del Procedimiento Legislativo Especial para la Paz se incorporará al ordenamiento constitucional el Acuerdo Final.

3.    Incorporación del Acuerdo Final al bloque de constitucionalidad: El Acuerdo Final ingresará al bloque de constitucionalidad en estricto sentido para ser tenido en cuenta durante el periodo de implementación del Acuerdo como parámetro de interpretación de las normas que sean necesarias para desarrollarlo. 

4.    Procedimiento Legislativo Especial para la Paz: El Acuerdo Final deberá traducirse en normas concretas que hagan operativa su implementación. Ello supone el desarrollo de reformas constitucionales, leyes estatutarias, leyes especiales, leyes ordinarias y decretos. Esto se hará a través del “fast-track” que contempla el Acto Legislativo de Implementación del Acuerdo de paz que se encuentra en curso en el Congreso, ya a punto de ingresar a séptimo debate en la Comisión I de la Cámara.

5.    Incorporación del Acuerdo Final en un documento oficial del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas: El Gobierno  efectuará una declaración unilateral ante el Secretario General de las Naciones Unidas, para que el Consejo de Seguridad genere un documento oficial y anexe el texto completo del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

 

Lanza en ristre

Sin embargo, ese entusiasmo de las partes se estrelló con una gran cantidad de peros de fondo sobre las implicaciones que tiene elevar un eventual pacto de paz al estatus de un “acuerdo especial” a la luz de los convenios de Ginebra, incorporarlo al bloque de constitucionalidad e inscribirlo ante la ONU, bajo la mampara de la resolución del Consejo de Seguridad, de enero pasado, que autorizó la creación de un mecanismo de monitoreo y verificación de un eventual cese el fuego y de hostilidades.

El uribismo fue el primero en reaccionar, advirtiendo que este nuevo acuerdo “es un golpe de estado a la democracia colombiana” y que elevar un eventual pacto a la categoría de “acuerdo especial” es usar indebidamente las normas del Derecho Internacional Humanitario.

También alertó que incorporar al bloque de constitucionalidad esos acuerdos es una violación de la Constitución así como una imposición indebida e inaceptable. Agregó el partido del expresidente Álvaro Uribe que con la modificación de la Constitución desde La Habana, el Congreso se “convierte en un actor pasivo y de carácter notarial para aprobar las concesiones del Gobierno a las Farc”.

Pero la advertencia más fuerte vino de parte del procurador general Alejandro Ordóñez, quien le recordó al Jefe de Estado que “Usted juró respetar la Constitución, no fue elegido para derrocarla y menos para hacerlo de la mano con las Farc”. (Ver texto completo de la misiva).

 

¿Refrendación efectiva?

Además de los peros jurídicos de fondo, el acuerdo anunciado generó dudas sobre si se está haciéndole el quite a la refrendación popular de los acuerdos.

Las partes insisten en que si bien el mecanismo de refrendación popular aún no ha sido acordado en La Habana, serán los colombianos quienes tendrán la última palabra. Es más, el propio jefe negociador gubernamental Humberto de la Calle, indicó que por ahora es claro que las Farc parecen apuntar a que sea una consulta popular y el Ejecutivo defiende que se haga mediante el “plebiscito por la paz”, que está en revisión de la Corte Constitucional, que deberá dar su respectivo veredicto en las próximas semanas.

Incluso agregó que “en la visión del Gobierno será la refrendación popular la que desencadene los desarrollos jurídicos” para blindar jurídicamente el acuerdo final.

Tanto el presidente Santos como el cabecilla de las Farc, alias ‘Iván Márquez’ también reiteraron que habrá refrendación popular. Sin embargo, varios senadores, analistas e incluso el procurador Alejandro Ordóñez dicen que si se eleva el acuerdo final al estatus internacional antes de la cita en las urnas, entonces lo que decida en el plebiscito u otro mecanismo ya no tendrá el suficiente poder para aprobar o improbar los acuerdos. Ello, en palabras de varios críticos, sería un ‘conejo’ a la voluntad popular.

 

Más peros de fondo

Para el exmagistrado Hernando Yepes Arcila el acuerdo es “violatorio no solamente de la Constitución, sino de la noción misma de Estado y del ordenamiento jurídico, que es en lo que consiste el Estado. Pienso que estamos viendo la palabrería que se presenta con una solemnidad que trata de remplazar la veracidad”.

“No hay mecanismo jurídico que garantice la irreversibilidad de los acuerdos, lo único que lo garantiza es su justicia intrínseca, es la  moderación, la seriedad con que se haya pactado, el hecho de que puedan entrar a reposar sobre la conciencia colectiva, que el pueblo colombiano los entienda como equitativos y adecuados. Lo otro son argucias, son pequeñas imposturas. Las cosas se deshacen como se hacen. Si la comunidad internacional cree que es necesario echarlos atrás, lo hará pese a quien le pese”, indicó Yepes.

A su turno el exministro Jaime Castro dijo que “la última decisión de La Habana tiene serias y graves repercusiones para el ordenamiento jurídico-político e institucional del país, inclusive para la supervivencia misma del Estado. Lo que decidieron es que el acuerdo final que suscriban los negociadores del Gobierno y las Farc haga parte de la Constitución. Pero ocurre que ese acuerdo final no se conoce todavía, no lo conocen quienes lo van a suscribir, lo están acordando, lo están conviniendo, lo están negociando. No lo conocen los parlamentarios que seguramente van a decir que ese acuerdo final se incorpora a la Constitución, con el mismo valor de lo que es la Constitución”.

Señaló que “ese es un documento inexistente y a algo que nadie conoce, ahora se le dice que hace parte de la Constitución. Eso es un cheque en blanco, es un salto al vacío sin malla de seguridad para nadie…”.

Entre tanto el exfiscal Alfonso Gómez Méndez sostuvo que “faltan muchas cosas por aclarar. Había la idea que iba a ser por acuerdos especiales, para que fueran automáticamente incorporados. Ahora se habla de acuerdos especiales, pero que pasan por el Congreso y por la Corte Constitucional. Allí hay una primera duda: son acuerdos especiales o no son acuerdos especiales”.

Manifestó igualmente que lo que conoce hasta el momento son temas que no necesitan reformas constitucionales. Agregó que “el tema de blindar (los acuerdos), eso es casi imposible. Basta mirar la ‘ley de punto final’ en el cono sur, que tuvieron que cambiar”.

José Gregorio Hernández, exmagistrado de la Corte Constitucional, recalcó que tenía dudas. “Siendo también partidario del proceso de paz, considero que estos procedimientos hay que adelantarlos de acuerdo con la Constitución. Tenemos un problema inicial desde el punto de vista del procedimiento: introducir este artículo transitorio para el blindaje del proceso en un acto legislativo al que le faltan dos debates nada más… Esto no pasó por la primera vuelta y se pretende aprobar en la segunda vuelta, eso es inconstitucional”.  

Juan Carlos Esguerra, exministro de Justicia, precisó que “colgarle a la Constitución lo que se acuerde en La Habana es enormemente peligroso. “Es una aprobación con los ojos vendados… Una serie de reformas constitucionales que quedarían incorporadas en la Constitución y de las que no podría expresar su opinión ni el pueblo, sino a través de ese plebiscito, en donde simplemente nos van a decir vote Sí o No”.

 

¿Conejo?

También tiene dudas excomisionado de Paz en el gobierno Pastrana, Víctor G. Ricardo. “Soy amigo de la paz, pero de una paz que esté acordada sobre bases de solidez que le den la durabilidad respectiva a la paz. Creo que lo que se pactó es una especie de Asamblea Nacional Constituyente, remplazándola por un acuerdo donde elevan a acuerdo internacional, donde se establecen que habrá una revisión constitucional inmediata, donde modifican en un acuerdo los reglamentos del Congreso…”.

Agregó que “lo que sí es violatorio, de entrada, es que el Gobierno se comprometió con los colombianos  a socializar los acuerdos, de tal manera que fuera el pueblo colombiano el que refrendara los mismos con conocimiento de lo que se había pactado. Este procedimiento que ahora se establece, poniéndole conejo al pueblo colombiano, es un mecanismo especial que se está haciendo de espaldas al pueblo colombiano”.

Senadores como el uribista Iván Duque advirtió que anexar el texto del acuerdo final de paz a la resolución del Consejo de Seguridad de la ONU podría estar buscando impedir la intervención de la Corte Penal Internacional en Colombia.

Como se ve, la polémica en torno a este nuevo acuerdo apunta a ser tanto o más álgida que la generada cuando se anunció la JEP. Con el agravante de que ahora el uribismo amenaza con lanzarse a una “resistencia civil” –sin que esté claro exactamente qué significa- contra el acuerdo, al tiempo que el procurador Ordóñez advirtió de sanciones penales y disciplinarias al Gobierno. Esos dos elementos no estaban presentes en anteriores rifirrafes alrededor de los acuerdos de paz y ahora no se sabe qué impacto tendrán.